Varias consideraciones previas, el tiempo del examen es de 90 minutos, me he bajado los examenes y estoy realizandolos una vez ya estudiada la materia (ahora ando de repaso general) y no exagero si digo que me sobran 45 minutos...
Bueno en cuestion, mi pregunta va para los que se han presentado al examen o los que han acudido a tutorias presenciales y les han dicho algo al respecto:
1º Pone claramente que dejar una pregunta en blanco o "mal contestada" si no estan "suficientemente explicadas" el resto supone suspenso directo o en el caso de 2 preguntas "mal contestadas". Mi pregunta es cual es la consideracion de mal contestada, me explico, por ejemplo caso de efectos de declaracion de fallecimiento, saltarse por ejemplo saltarse un efecto patrimonial, va a suponer que la pregunta esta no "suficientemente explicada" O bien si sucede que mezclas 2 puntos que por su parecido o por no tener del todo claro mezclas condiciones,por ejemplo caso de falsus procurator mezclar la ratificacion con alguna de las acciones que puede emprender el 3º supone mala contestacion o solo resta.
Es decir en resumidas cuentas y saliendo de casos particulares, son de los que al corregir si ven que falta algo o esta mal explicado te tachan la pregunta y la dan por mala (¿Son muy duros corrigiendo?)
2º Mi 2ª preocupacion viene derivada de la importancia de poner los articulos y la ley que regula la materia que te han preguntado, personalmente puedo poner algun que otro articulo en preguntas, pero por asi decirlo en otras preguntas siendo capaz de responder lo que preguntan, no soy capaz de nombrar el articulo, es determinante a la hora de suspender o aprobar la prueba presencial, no poner los articulos¿?
Ya siento la extension del mensaje, gracias por la atencion
PD: Yo tambien he hecho las PEC y aun no tengo correcion