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Autor Tema: procesal I  (Leído 2820 veces)

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Desconectado quitin

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procesal I
« en: 17 de Enero de 2011, 12:26:04 pm »
Tengo una duda. El departamento dice se puede llevar leyes procesales sin comentar. Vale. Aconsejan el Codigo de Leyes Procesales de la Ley. Vale.   En este Código salen la ley hipotecaria, etc, pero no sale el codigo civil, qiezas porque es muy extenso.

La pregunta es: Se puede llevar el Cod. Civil con el Cod de Leyes Procesales. Hay numerosas preguntas que se remiten al CC.
Algún veterano que se haya examinado o haya tenido esta dua, porfa,

Saludos.


Desconectado palangana

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Re: procesal I
« Respuesta #1 en: 17 de Enero de 2011, 21:26:48 pm »
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Tengo una duda. El departamento dice se puede llevar leyes procesales sin comentar. Vale. Aconsejan el Codigo de Leyes Procesales de la Ley. Vale.   En este Código salen la ley hipotecaria, etc, pero no sale el codigo civil, qiezas porque es muy extenso.

La pregunta es: Se puede llevar el Cod. Civil con el Cod de Leyes Procesales. Hay numerosas preguntas que se remiten al CC.
Algún veterano que se haya examinado o haya tenido esta dua, porfa,

Saludos.

Esto se ha contestado en muchas ocasiones. El CC no son leyes procesales, son leyes materiales.

La literalidad de la norma dice "todas las leyes procesales que seconsideran oportunas", pero nada dice de las leyes materiales, luego mejor no correr riesgos no vaya a ser que toque en suerte un Tribunal malaje y retire el examen. Un saludo, suerte y ánimo.

Leyes procesales son LEC de 1881 (en lo que está en vigor), LEC 1/2000, LEjcriminal, LOPJ, por ejemplo.
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Re: procesal I
« Respuesta #2 en: 17 de Enero de 2011, 21:47:25 pm »
Buenas noches;

Con la venia del compañero Palangana.

Creo que el Código Civil, además de ser ley sustantiva (o material) es adjetiva (o instrumental, formal o procesal), puesto que en ella se regulan cuestiones, que ni siquiera en la LEC se regula, como la capacidad jurídica, civil, caducidad, normas de derecho internacional privado, interpretación de las leyes, fuentes, prelación y un largo etc. Esa parte es Derecho procesal, y otras normas como el contrato, mandato, etc. es Derecho sustantivo.

Saludos,


Desconectado palangana

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Re: procesal I
« Respuesta #3 en: 17 de Enero de 2011, 22:04:49 pm »
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Buenas noches;

Con la venia del compañero Palangana.

Creo que el Código Civil, además de ser ley sustantiva (o material) es adjetiva (o instrumental, formal o procesal), puesto que en ella se regulan cuestiones, que ni siquiera en la LEC se regula, como la capacidad jurídica, civil, caducidad, normas de derecho internacional privado, interpretación de las leyes, fuentes, prelación y un largo etc. Esa parte es Derecho procesal, y otras normas como el contrato, mandato, etc. es Derecho sustantivo.

Saludos,



Eso es cierto en el mundo práctico (y no sin fundamento teórico), pero todavía estáis en el mundillo de la gramática parda, del vocabulario de manual y teórico, en la Universidad y rodeados de docentes cada uno de un padre y de una madre....la base del CC es el derecho material, no procesal, y de hecho el fundamento (uno de ellos) de la LEC 1/2000) fue acabar con la dispersión y simplificación de procedimientos de leyes procesales que estaban en leyes materiales. Ya ha habido casos en que se retiro el CC, o peor, el examen. El criterio de la literalidad de la norma es el que yo seguía ad cautelam para no llevarme sorpresas desagradables....porque al no ser una cosa clara, puede tocar el Tribunal de interpretación restrictiva de la norma y si eso pasa hay que ir a llorrar al muro de las lamentaciones, que no es que no pudiese triunfar un recurso o reclamación ulterior, pero para qué correr riesgos y llevarse disgustos gratuitos.

Eso, por prevención, o bien consultar directamente al Departamento y la contestación, de ser positiva, guardarla como oro en paño.

Un saludo cordial.
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Re: procesal I
« Respuesta #4 en: 17 de Enero de 2011, 22:16:15 pm »
Pues yo tenía pensado llevarlo.
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Desconectado palangana

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Re: procesal I
« Respuesta #5 en: 17 de Enero de 2011, 22:26:18 pm »
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Pues yo tenía pensado llevarlo.

Bueno, pues suerte !!. Yo consultaba de todas formas al Departamento y si me dice que sí, no borro el correo de contestación en prevención.

Fíjate que yo no llevaba ni el material que es claro (legal y legítimo), precisamente para quitarme el moscón de turno y me dejasen tranquilo y concentrado en mi examen (no utilizaba ni el programa, por ejemplo). También porque a mí me daba igual lo que me preguntasen, yo iba a lo mío, tenía en mi cabeza si esto salgo por aquí, si me preguntan aquello les salgo por allá etc, y el programa o código podía desconcentrarme, hacer que quisiese ponerlo todo, desviarme o confundir algo etc (en Primero de Carrera perdí un sobresaliente en Historia del Derecho precisamente por mirar una cosa en el programa, que confundí lo que me preguntaban, y me tuve que conformar con un siete 7....a partir de ahí, le pillé la manía a llevar el programa). Ya sabes estimada Mile TzN que yo soy de piñón fijo  ;D ;D ;D

Un saludo, mucha suerte y ánimo. Seguro lo haces de maravilla con o sin material autorizado !!  :) ;)
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Re: procesal I
« Respuesta #6 en: 17 de Enero de 2011, 22:46:54 pm »
Estoy de acuerdo con Palangana, cuando dice leyes procesales se refiere únicamente a la LEC, Lecrim, LPL, LOPJ ... pero no al código civil. Leyes procesales son aquellas que establecen el cauce procedimental a seguir, no al código civil que es una ley material.

En los exámenes que hay colgados en la página de calatayud, por lo menos para el 1º parcial que es el que he mirado, no hay un solo examen que como derecho aplicable pongan para consultar algún art del CC y ni siquiera de la LOPJ, ni uno, únicamente la LEC, como es lógico. Vería más probable el caso de que pusiesen algún art de la CE como derecho aplicable que no el CC.

Yo me llevaré la LEC y la LOPJ.

Un salu2

Desconectado Ius-Uned

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Re: procesal I
« Respuesta #7 en: 17 de Enero de 2011, 23:04:07 pm »
De siempre el Cc ha sido ley procesal. Pero eso NO lo digo yo, aunque comparto ese criterio según ut supra.

Para salir de dudas y no liar la perdiz, sólo hay que leer la página número 5 del Código de Leyes Procesales, La Ley, del Prof. Gimeno, catedrático de Derecho procesal, en el cual viene el CC como norma procesal.

Saludos


Desconectado MiLe_TzN

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Re: procesal I
« Respuesta #8 en: 18 de Enero de 2011, 11:24:02 am »
Recuerdo que en Introducción a Procesal fui cargada con un montón de Códigos, y nadie me dijo nada.

Y con lo que dice Ius, si alguien se pone tonto, ahí está la respuesta :)
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Re: procesal I
« Respuesta #9 en: 18 de Enero de 2011, 11:37:34 am »
A ver, pensáis que alguién de los que esta vigilando los examenes se va a plantear si el Codigo Civil es material o procesal,???? Yo lo lleve para introduccion al derecho procesal y sólo me preguntaron si podía llevarlos yo dije que si, y no me miraron nada mas

Desconectado fsalas

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Re: procesal I
« Respuesta #10 en: 18 de Enero de 2011, 16:04:13 pm »
Yo eché de menos la LAU que no viene en el código de la Ley más que en CD, si crees que necesitas el Código Civil, yo lo llevaría, lo peor que puede pasar es que te pongan una observación en el examen si es que alguno de los que vigila piensa que no encaja.
Mucho ojo con esta asignatura, las preguntas teóricas son el 80% de la nota, y no se os ocurra poner citas literales de la LEC o similar, en el mejor de los casos las consideran como no puestas.
He de decir que en mi caso fue la única asignatura que repetí en toda la carrera, y me pareció la más difícil y la más importante de todas.
Suerte a todos.

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Re: procesal I
« Respuesta #11 en: 18 de Enero de 2011, 16:20:21 pm »
Una preguntita referida al tema:Cuando contestas las preguntas teoricas tambien puedes echar mano de las leyes procesales para mirar los articulos o en este caso no, y hay que saberselos  como mas o menos estoy haciendo yo.
En el supuesto practico,no se puede poner el articulo literalmente , verdad? Supongo que es explicado con tus palabras?.
Gracias.

Desconectado NINJ

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Re: procesal I
« Respuesta #12 en: 18 de Enero de 2011, 16:46:10 pm »
Hace poco se publicó una pregunta de lo mismo. No resulta necesario llevar el CC (a mi no me hizo falta), no obstante si alguien lo quiere llevar no creo que suponga un problema. Como recomienda "Palangana", la consulta al Departamento sería conveniente si se albergan dudas.
Honeste vivere, naeminem laedere et jus sum cuique tribuere.

Desconectado palangana

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Re: procesal I
« Respuesta #13 en: 18 de Enero de 2011, 20:23:44 pm »
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Una preguntita referida al tema:Cuando contestas las preguntas teoricas tambien puedes echar mano de las leyes procesales para mirar los articulos o en este caso no, y hay que saberselos  como mas o menos estoy haciendo yo.
En el supuesto practico,no se puede poner el articulo literalmente , verdad? Supongo que es explicado con tus palabras?.
Gracias.

Sí,

el material autorizado es para el desarrollo de la prueba presencial, vale para la parte práctica y si quieres también para apoyarte la realizar la parte teórica, entre otras cosas porque sería inviable un filtro de control por el Tribunal y una incomodidad para el alumno que realiza el examen.

Sí, se trata de un apoyo, pero tú como jurista no eres el legislador y tienes que demostrar cierta capacidad de INTERPRETACIÓN Y RELACIÓN de lo que te digan las normas.....luego el copia-pega literal no vale, o no debería valer, absolutamente para nada. Con tus palabras, en síntesis, sin modificar el fondo de lo que indica la norma, pero que transmita que entiendes lo que te dice.

Un saludo, suerte y ánimo.
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Desconectado Derecho30

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Re: procesal I
« Respuesta #14 en: 19 de Enero de 2011, 01:36:23 am »
Gracias! Y yo estudiandome articulo por articulo, jaja.Bueno al menos tengo algo adelantado y haré mas rapido el examen; ;)