Sí ya me he leído los correspondientes artículos del Código Civil, y son el padre, la madre o el hijo si es mayor de edad. Ahora bien como no prescribe, con posesión de estado entiendo que una madre siempre podrá, aunque el hijo sea mayor de edad, ejercer la acción de reclamación de filiación extramatrimonial judicial correspondiente. Lo digo porque lo normal es que la madre lo inste en nombre del hijo menor (la jurisprudencia que yo he visto), pero no encuentro nada que se oponga a que lo haga también cuando el hijo es mayor de edad.
¿Qué pensais?
Fundamentos jurídicos: artº 39.2 CE, artº 127 a 141 del CC.
Gracias y saludos.