los propietarios de una calle de un poligono industrial,forman una comunidad de bienes,convocada la junta,acuerdan arreglar la calle,todos los comuneros pagan la parte correspondiente,segun su parte,pero hay dos que no pagan,en total se deben 48.000 euros a una empresa de hormigones,esta empresa interpone una demanda de reclamacion de cantidad contra la comunidad en el nombre de sus dos administradores.La calle arreglada tiene defectos de construccion.¿Que se puede hacer para retrasar un poco el pago y asi obligar a los deudores a pagar?
1º ¿contestar la demanda y alegar vicios y defectos en la construccion? ¿que te declaren en rebeldia ?
2º¿ certificado de la junta de comuneros de la deuda de esos dos señores requerimiento notarial de pago?