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Autor Tema: Caos examenes ant. Civil I familia  (Leído 3184 veces)

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Desconectado lgarjor

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Caos examenes ant. Civil I familia
« en: 22 de Mayo de 2011, 15:44:01 pm »
Doc. nº4 practicum: Doña Ines quiere vender su vivienda de Salou que es propiedad privativa, ¿podría hacerlo?

Bueno, vamos a hacer unos casos antes del examen de mañana. Propongo este caso, de un examen de años anteriores.

Saludos


Desconectado Raúl31

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #1 en: 22 de Mayo de 2011, 15:51:02 pm »
Dpende si es el domicilio conyugal, si es así no puede venderla si en el consentimiento del marido o sentencia judicial, y si no es vivienda habitual sí que puede venderla, ya que si es privativa, digo yo, no?

Desconectado guy

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #2 en: 22 de Mayo de 2011, 16:06:09 pm »
Ese lo mire  yo ayer, y en las capitulaciones establecian esa casa de salou como domicilio conyugal, por lo que no podria, no?

Desconectado lgarjor

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #3 en: 22 de Mayo de 2011, 16:47:11 pm »
Pues si, ahi debe de estar la clave. Si es domicilio conyugal NO podría venderlo, sin embargo si es una segunda residencia únicamente de su propiedad, pues SI que podría.

Otro de Doc.4: Indíquenos cual es el régimen económico que han pactado y el que tendrían si no hubiesen pactado nada.

Este es de otro examen, pero...¿no os parece demasiado sencillo? seguro que hay cosas que me dejo en el tintero y es por eso por lo que me parece facil...me da mala espina

Desconectado guy

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #4 en: 22 de Mayo de 2011, 16:56:28 pm »
Pues leyendolo pone que pactan el regimen de gananciales.
y si no hubieran dicho nada, pues seria el de gananciales tambien, porque es el regimen legal supletorio de primer grado, vamos, el que se pone por defecto si no se dice nada.

Demasiado facil parece, si, fijo que hay truco ???

Desconectado Raúl31

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #5 en: 22 de Mayo de 2011, 17:09:17 pm »
Tenemos que pensar que depende donde se casen, si hay derecho foral, por ejemplo en Valencia sería separaciión de bienes.

Desconectado dangoro

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #6 en: 22 de Mayo de 2011, 17:30:46 pm »
Pienso que para vender la vivienda conyugal aunque sea un bien privativo de uno de los conyugues, y aunque sea regimen de separacion de bienes, es necesario la autorización del otro conyugue o autorización judicial. El domicilio y el ajuar familiar se considera como una aportación de los conyugues al levantamiento de las cargas del matrimonio.

Desconectado marco.leon

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #7 en: 22 de Mayo de 2011, 18:30:45 pm »
Creo que Sí puede vender la casa. Como en el primer supuesto práctico que hicimos, todo lo que se considere a título privativo (del elenco de bienes privativos de uno de los cónyuges) , tiene derecho a hacer lo que quiera con él. La excepción ocurre si es la vivienda habitual de los cónyuges. Ésta, aún siendo a título privativo, requiere la autorización del otro cónyuge para ejercer los derechos que sobre ella recaen.

Respecto a la diferencia si hay o no régimen de gananciales, creo que es irrelevante en este caso, sea o no sea régimen de gananciales, la disposición de administración del elenco de bienes privativos no es afectada.

A mi me ha surgido en este caso una duda. Digamos que "fulanito" vende SU casa (privativo) siendo ésta no considerada la vivienda habitual. Si tuviese el dinero conseguido en un banco, y comprara una nueva casa, si no se nos indicara que ésta está "a su nombre", ¿Supondríamos que ahora dicha casa, en caso de disolución de sociedad de gananciales, pertenecería la mitad a su consorte?



Desconectado lgarjor

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #8 en: 22 de Mayo de 2011, 19:13:25 pm »
Pues yo creo que si tiene SG y ha adquirido otro vivienda con el dinero que ha obtenido de la venta de la casa, se convierte en bien ganancial. El diner obtenido por la venta es privativo, pero la compra con este es ganancial... ¿estoy en lo cierto? 8)

Desconectado CHEN

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #9 en: 22 de Mayo de 2011, 19:20:44 pm »
yo creo que la nueva casa seguiría siendo un bien privato. En cuanto al régimen matrimonial, se trata de una localidad hubicada en la CA. de Cataluña, por lo cual el régimen matrimonial de primer grado en caso de no existir capitulaciones, es el de separación de bienes.
Los OJOS, no son ojos porque te VEN, son OJOS porque te MIRAN.

Desconectado Raúl31

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #10 en: 22 de Mayo de 2011, 20:19:31 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Pues yo creo que si tiene SG y ha adquirido otro vivienda con el dinero que ha obtenido de la venta de la casa, se convierte en bien ganancial. El diner obtenido por la venta es privativo, pero la compra con este es ganancial... ¿estoy en lo cierto? 8)


Pues yo diría que si obtienes un bien a causa de un bien privativo este es privativo, o sea que si tengo un piso que es mío(privativo) lo vendo y me compro otro este seguiría siendo mío en su totalidad...

Los adquiridos a costa o en sustitución de un bien privativo.

no?

Desconectado marco.leon

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #11 en: 22 de Mayo de 2011, 20:48:24 pm »
Haciendo una releída de los apuntes me he fijado en una cosa que quizás nos ayude a solucionar esto:

la presunción de ganancialidad y la confesión de privatividad: los bienes inmuebles adquiridos a título oneroso por uno solo de los cóynuges sin expresar que se adquieren para una sociedad de gananciales, se adquirirán a nombre del cónyuge adquiriente con carácter presuntivamente ganancial (presunción iuris tantum).

Para probar determinados bienes son propios de uno de los cónyuges, basta con la declaración del otro, al menos, interconyugalmente.

Podríamos pues entender que si Fulanito no dice nada, pasará a ser ganancial, aunque, si nos remitimos al elenco de bienes privativos, encontramos la respuesta a nuestra duda compañeros:

Los adquiridos a cosa o a sustitución de bienes privativos (principio de subrogación real)

Por tanto si utilizo un bien privativo para conseguir otro bien, éste será también privativo.

¿ Estáis de acuerdo?

Desconectado marco.leon

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #12 en: 22 de Mayo de 2011, 20:54:29 pm »
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Pues yo creo que si tiene SG y ha adquirido otro vivienda con el dinero que ha obtenido de la venta de la casa, se convierte en bien ganancial. El diner obtenido por la venta es privativo, pero la compra con este es ganancial... ¿estoy en lo cierto? 8)


Pues yo diría que si obtienes un bien a causa de un bien privativo este es privativo, o sea que si tengo un piso que es mío(privativo) lo vendo y me compro otro este seguiría siendo mío en su totalidad...

Los adquiridos a costa o en sustitución de un bien privativo.

no?

No te había leído, coincido contigo.

Desconectado lgarjor

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #13 en: 22 de Mayo de 2011, 20:59:30 pm »
Según el elenco de bienes gananciales SI, según la presunción de ganancialidad NO...

Yo sigo sin estar segura...

Desconectado Gem-Mas

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #14 en: 22 de Mayo de 2011, 21:06:25 pm »
Una presunción es simplemente una suposición, o sea, que desaparece si hay una prueba en contra. Puede presumirse que un bien es ganancial, pero si se ha comprado con dinero privativo, solo hay que probar eso y la presunción de ganancialidad desaparece.
Saludos

Desconectado lgarjor

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Re: Caos examenes ant. Civil I familia
« Respuesta #15 en: 22 de Mayo de 2011, 21:20:20 pm »
OK, entendido. Es decir, que para que se convirtiera en un bien ganancial, el adquiriente debería de expresar en escritura pública que está a nombre de ambos cónyuges.

Otro, doc 1: En el convenio de separación ¿en que supuestos puede pactarse la pensión compensatoria?