Hola:
El primer caso era de un particular que compraba una televisión, y tras varias averías quería devolverla. Ley General de Defensa de Consumidores y usuarios.
El segundo caso era de un hermano que le prestaba a otro dinero mediante una hipoteca mobiliaria y luego el deudor quebraba. Ley Concursal.
Más o menos así. He salido con la cabeza como un bombo.Me pareció un poco enrevesado, el segundo caso, y creo que los temas se han salido un poco de lo que hasta ahora ha sido habitual.....
En fin. Espero que sean tan generosos corrigiendo como en el primer parcial.
Un saludo.