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Autor Tema: PRACTICUM EN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO  (Leído 1231 veces)

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Desconectado miguelon

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PRACTICUM EN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
« en: 11 de Junio de 2011, 13:24:06 pm »
Bueno, dado que nadie ha abierto un hilo con este tema, lo hago yo.
Qué tal os ha ido.

Creo, que no ha sido muy difícil, creo. Realmente estaba todo en la sentencia y lo que se pedía de más, era muy subjetivo, conociendo un poco la materia matrimonial ya estaba. Pero claro, después te pueden saltar con cualquier cosa y te fastidian.

No obstante salí con una sensación extraña. Era por que no sabía si era o no a espacio tasado - un folio - y yo escribí dos por ambas caras (donde venían las cuestiones y otro más de examen). La verdad es que en el examen no venía que hubiera que hacerlo en un espacio tasado, pero me parecio ver algo así cuando leí el programa o no se donde. Si alguien me puede confirmar este extremo se lo agradecería.

En fin espero que no haya ningún problema.

Os deseo mucha suerte a todos


Saludos


Desconectado Leoncito

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Re: PRACTICUM EN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
« Respuesta #1 en: 11 de Junio de 2011, 14:39:54 pm »
Estimado Miguelon!!!

Coincido contigo en todo!
Me pareció un examen asequible, con la salvedad de que haya alguna pega en la que no haya caído y luego venga el departamento y diga una cosa u otra...

Tambíen tuve la duda con lo del espacio tasado, me suena como que el máximo era un folio, creo que viene en la guía de la asignatura o en el curso virtual, yo creo que lo he leido en algún sitio, de todas formas en el examen no venía nada y yo escribí la primera cara de la primera hoja del examen, donde viene el recuadro para el certificado de asistencia, y luego otro folio (de los que te entregan para que pongas tus datos) por las dos caras.

Ya veremos

Un saludo y suerte

Desconectado Marcelino

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Re: PRACTICUM EN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
« Respuesta #2 en: 12 de Junio de 2011, 12:59:21 pm »
Hola a tod@s. Como no salí enfadado del examen ni había visto el hilo.
A mi me pareció un  examen muy completo, lo principal estaba claramente a la vista y permitía hacer un comentario de la sentencia de "cosecha propia". (nunca me acostumbrare a enmendar al plana a los jueces).
Os parece si comentamos los puntos principales:

Error principal de la sentencia: equiparación de la falta de prueba del derecho extranjero con la ausencia de nacionalidad común, lo que lleva a la Audiencia a aplicar el derecho español en virtud del artículo 107.2, A mi juicio se puede llegar ala mismo resultado material, la aplicación del derecho español pero basándose en la ausencia de prueba del derecho extranjero como indica la STS 4 de noviembre de 2004 en unificación de doctrina.
Entiendo así mismo, que sería posible argumentar al aplicación del derecho español en el articulo 107.2 si "Si las leyes indicadas en el párrafo primero de este apartado no reconocieran la separación o el divorcio o lo hicieran de forma discriminatoria o contraria al orden público.".

Pues bueno, no se como sera la nota pero he disfrutado  haciendo un examen, cosa que me parecía imposible, por cierto a mi también me extraño que no se dijese nada con respecto a la extensión del comentario.

Saludets ;)
« Salvo criterio mejor fundado en derecho »

Desconectado capitan1960

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Re: PRACTICUM EN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
« Respuesta #3 en: 12 de Junio de 2011, 15:45:26 pm »
puse lo mismo que tu marcelino. mas o menos dije que la audiencia no podia eliminar un punto de conexion por equiparacion a falta de prueba. tenia que aplicar la nacionalidad y una vez en ella aplicar el orden publico o incluso la falta de aportacion de prueba extranjera. asunto que ya estamos harto de analizar en el curso tanto por el ts como el tc. suerte a todos y haber si acabamos bien.

Desconectado miguelon

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Re: PRACTICUM EN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
« Respuesta #4 en: 12 de Junio de 2011, 19:59:33 pm »
Yo no hice mención a la sentencia a la que aludes, pero llegué a una situación parecida; pero para ello, creo debiera haber el Juez hecho uso de la "facultad" que le confiere el artículo 281.2 LEC  "...pudiendo valerse el tribunal de cuantos medios de averiguación estime necesarios para su aplicación." Y una vez hecho eso aplicar el 107.2 letra c). (Creo que metí la pata y puse que debiera haber recurrido a orden público para aplicar el 107.2 c), cuando no es necesario).
En fin fue mi opción, creo que todos vamos por el mismo camino
Respecto a "enmedarle la plana a los jueces", yo lo puse así, literalmente en el examen: "no soy yo quien para enmedarle la plana a un Magistrado...", espero que no se enojen con eso jajajajaja.

Saludos y mucha suerte.

Desconectado rakoon

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Re: PRACTICUM EN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
« Respuesta #5 en: 13 de Junio de 2011, 12:45:04 pm »
Yo estoy igual que ustedes, creía haber leído en algún sitio que era espacio tasado, pero en el examen no ponía nada y escribí un poco más en una hoja de examen, casi una cara por delante.
En cuanto al examen, considero que no estaba tan fácil como el del primer parcial, pero absequible si habías estudiado la asignatura de int. privado y encima con el código civil en la mesa............ :)
nada,..........a esperar las notas.
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