Al Pleno del Consejo de Estado le corresponde:
- emitir informes en asuntos sometidos a su consulta por el Gobierno o sus miembros.
- elevar al Gobierno propuestas que juzgue oportunas
- actuar como órgano jurídico a través de los informes preceptivos (las L.O. distinguirán cuáles debe emitir el Pleno o la Comisión Permanente)
- pronunciarse sobre anteproyectos de reforma de la CE, si no ha sido elaborada por él mismo
- pronunciarse sobre anteproyectos de leyes o disposiciones reglamentarias que hayan de dictarse en virtud de un acuerdo internacional
- etc (tienes el No puedes ver los enlaces.
Register or
Login de la Ley 3/1980, que queda igual a pesar de la Ley 3/2004).
Saludos.