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Autor Tema: DUDA. derecho procesal I  (Leído 1684 veces)

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Desconectado piturcas

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DUDA. derecho procesal I
« en: 02 de Noviembre de 2011, 19:44:36 pm »
Hola a todos, tengo una duda sobre el procedimiento a seguir sobre un litigio respecto a contratos en general. Su incumplimiento o el poder rescindir por causa de incumplimiento de alguna de las clausulas, ¿debe sustanciarse por el juicio ordinario o el verbal? y el incumplimiento de una clausula estipulada en el contrato de arrendamiento que suponga la rescision unilateral por parte del arrendatario ¿debe producirse en juicio ordinario o verbal? La rescision daria lugar al deshaucio y segun la LEC los deshaucios por falta de pago o por limite del plazo deben de sustanciarse mediante juicio verbal, sin embargo, cualquier causa diferente relacionada con los contratos de arrendamiento deben sustanciarse por el juicio ordinario. Por ejemplo, seria el caso de incumplimiento de una clausula estipulatoria que daria lugar a la rescision del contrato por retraso continuado en el pago del alquiler. (reitero la rescision daria lugar al deshaucio)
A ver si alguien me saca de dudas. Gracias.


Desconectado IUSMASOQUISTA

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Re:DUDA. derecho procesal I
« Respuesta #1 en: 02 de Noviembre de 2011, 20:23:57 pm »
¿has probado a preguntarlo en el curso virtual de la asignatura?  ;D

Desconectado hammer

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Re:DUDA. derecho procesal I
« Respuesta #2 en: 13 de Noviembre de 2011, 17:53:59 pm »
Yo creo que no habiendo especializacion por razon de la materia (yo no lo veo ni en verbal, ni ordinario) habra que atender a la cuantia.
Problema ... si no pides cantidad. Que hacemos? Yo lo meteria en interes economico imposible de calcular ... y por lo tanto ordinario.

Desconectado luka

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Re:DUDA. derecho procesal I
« Respuesta #3 en: 15 de Noviembre de 2011, 19:04:48 pm »
Estoy con iusmasoquista.... pero apunto que si es posible estipular la cantidad cierta más te vale iniciarlo cuando supere los 3.000 euros ya que si lo haces con menos y según la ley de agilización procesal te vas a quedar sin posibilidad de APELARRRRRRRRRRR!!!!!!! Esto es increíble pero cierto.... (evidentemente las deudas basurillas no interesan a la justicia... muy fuerte!)

Pero si pasa de esos 3.000 fija la cuantía y hazlo por el verbal (se procede con los mecanismos del monitorio y es más ágil.... supuestamente).

Un saludo compis...
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Desconectado IUSMASOQUISTA

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Re:DUDA. derecho procesal I
« Respuesta #4 en: 15 de Noviembre de 2011, 19:28:12 pm »
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Estoy con iusmasoquista.... per

Gracias compi, pero lo de preguntarlo era un eufeminismo. Los del curso virtual siguen sin aparecer  ;)