Gracias Iota por tu respuesta tan rápida. A ver si me aclaro, pues las 2 plazas que yo tengo son en administraciones distintas, una del Estado y otra de la Junta. Creía que cuando reingresas al servicio activo a través de un concurso el plazo que tienes para tomar posesión es de 1 mes natural, sea la localidad que sea, por tanto en la administración en la que estoy prestando servicios actualmente no me pueden retener más de ese mes, y claro, no sé si me pueden obligar a quedarme ese mes entero como quieren hacer.
Anda y qué papeles son los que me van a hacer falta? Contaba con que quizás deba llevar la resolución por la que me concedieron la excedencia, algo más? También supongo que una vez que tome posesión debo dirigirme a la administración que dejo para pedir la excedencia allí, uf! qué lío. Si lo sé me quedo con 1 plaza y punto.