Debes de ponderar tres aspectos: 1º Que la mera entrega del boletín de denuncia que reúna los requisitos de la notificación, (descripción expresa, presentación de alegaciones, plazos etc...,) ya de por sí tiene la consideración de notificación. (La Guardia Civil de Tráfico notifica con PDA). 2º La DGT notifica tambíen por el TESTRA. 3º Las policías locales notifican en mano, por correo certificado, o edictalmente por los BOP.
¿Cúal ha sido el procedimiento?.