Bien he aquí una pregunta sobre los INVENTOS DEL TRABAJADOR
Se incluye las invenciones de explotación, bien son aquellas que realiza el trabajador en
relación con su actividad profesional en la empresa, supongamos que una persona que
trabaja en un laboratorio para investigaciones sobre "enfermedades raras", y que de
manera fortuira un equipo de personal del laboratorio contratado en concreto uno de
ellos, da con una maravillosa fórmula que es buenísima para una enfermedad
degenerativa de huesos (P.E.) la cual daría mucho dinero a la comercial del laboratorio
donde se comercializa, pero OJO el que hace las investigaciones y da con el rtdo, es el
personal del laboratorio, el cual al parecer tendría derecho de utilización de la misma.
Se indica que se da una compensación justa (claro dependerá del enriquecimiento) y si
no informa pierde los derechos pero claro tampoco sería así, no sé si me explico resulta
que el empleado descubre un fármaco para curar una enfermedad degenerativa de
huesos (P.E.) y se la traspasa la fórmula a una comercial farmacéutica sin consentimiento
del empresario del laboratorio ¿entonces que pasará? con la empresa farmacéutica que
ha comprado los derechos del trabajador?? podrías ser una inventiva libre ?
Y este ejemplo NO SERÁ UNA INVENCIÓN LIBRE?? debida al talento personal del
trabajador y por ello pertenece a éste sin ningún derecho del empresario ¿cuál es la
diferencia?

? no se ve muy clara.
Muchas gracias Y FELIZ 2012
