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Autor Tema: Consulta, ley de protección datos.  (Leído 2879 veces)

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Desconectado marta

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Consulta, ley de protección datos.
« en: 09 de Marzo de 2012, 11:56:50 am »
Alguien sabe de alguna titulación sobre la ley de protección de datos, para no tener q contratar una empresa externa.
Gracias.


Desconectado Pravias

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Re:Consulta, ley de protección datos.
« Respuesta #1 en: 09 de Marzo de 2012, 11:58:39 am »
No entiendo tu pregunta..
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Desconectado marta

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Re:Consulta, ley de protección datos.
« Respuesta #2 en: 09 de Marzo de 2012, 12:04:39 pm »
Soy empresaria y ahora nos obligan hacer un estudio de nuestra empresa para proteger los datos de los proveedores y clientes, otro saca dinero.
A mi me gustaría hacerlo yo, pues mi empresa es pequeña y solo tengo datos de proveedores, creo q a través de un curso se puede hacer, por eso pregunto si alguien sabe algo.

Desconectado Pravias

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Re:Consulta, ley de protección datos.
« Respuesta #3 en: 09 de Marzo de 2012, 12:08:07 pm »
ahh ya entendí, a nosotros también nos obligaban pero con los cursos de formación hicimos un curso y nos ahorramos ese dinero
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Desconectado marta

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Re:Consulta, ley de protección datos.
« Respuesta #4 en: 09 de Marzo de 2012, 12:08:39 pm »
Tb se me ocurre q puede ser una salida profesional, pues los primeros q tengan la titulación(q no se si existe) se pueden dedicar a hacer estos informes, pues es obligatorio para todo tipo de empresario.

Desconectado Pravias

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Re:Consulta, ley de protección datos.
« Respuesta #5 en: 09 de Marzo de 2012, 12:10:19 pm »
nosotros durante 2 años si hicimos el contrato con esa empresa, es un saca cuartos, pero después con el curso hicieron una especie de chanchullo y no se volvió a contratar
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Desconectado paesi

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Re:Consulta, ley de protección datos.
« Respuesta #6 en: 09 de Marzo de 2012, 12:11:57 pm »
1. La ley 15/1999 de proteccion de datos, lo que protege son los datos de personas fisicas y no juridicas!!!! Esto da lugar a confusión.

2. La confidencialidad entre empresas se realiza mediante una clausula en los acuerdos, contratos firmados...

Ese tipo de estudios y/o empresas no me suenan. Normalmente basta con citar la ley y cumplirla despues no facilitando los datos que clientes te dan y con las empresas rige lo pactado

Desconectado marta

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Re:Consulta, ley de protección datos.
« Respuesta #7 en: 09 de Marzo de 2012, 12:19:27 pm »
Estan pasando inspectores por las empresas, de momento informando.
Hay alguna empresa q se dedica a hacer un estudio y mediante un informe estas cubierto, a mi por ahora no han pasado pero si tengo compañeros q han recibido visita, repito estoy un poco perdida por eso os pregunto sobre esto.

Desconectado Pravias

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Re:Consulta, ley de protección datos.
« Respuesta #8 en: 09 de Marzo de 2012, 12:38:10 pm »
Marta pero sabes si ha cambiado algo, porque lo de la protección lleva desde hace unos años
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Desconectado marta

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Re:Consulta, ley de protección datos.
« Respuesta #9 en: 09 de Marzo de 2012, 13:04:37 pm »
No ha cambiado, lo q ocurre es q ahora estan dando caña al empresario para q mediante un estudio a través de una empresa se proteja la intimidad de clientes, proveedores, empleados...
Eso es lo q nos venden pues yo nunca he dado información sobre ese aspecto a nadie.
Lo q yo no entiendo es q hay empresas que se hacen con todos nuestros datos y no les miran, solo tenemos q darnos cuenta nada más q nos llaman por tlfno para vendernos cualquier cosa ya saben todo sobre nosotros.
Creo q tenian q dejarnos en paz al pequeño , pues cada poco se sacan historias para sacar el dinero.

Desconectado Pravias

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Re:Consulta, ley de protección datos.
« Respuesta #10 en: 09 de Marzo de 2012, 13:06:41 pm »
bueno y los montones de fax que recibes con publicidad absurda
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Desconectado fridus63

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Re:Consulta, ley de protección datos.
« Respuesta #11 en: 09 de Marzo de 2012, 13:44:35 pm »
Marta, te remito la información de la Agencia Española de Protección de Datos; como verás te vienen los derechos y obligaciones de la empresa al respecto y como notificarlo a la Agencia, entiendo que puedes hacerlo tú misma sin ningún tipo de titulación, ahora bien, infórmate en la Agencia pues depende del tamaño de la empresa y del volumen de información y de datos de terceros la clasificación de los distintos tipos de fichero a enviar y el cumplimiento del tratamiento de información por parte de la empresa; esta información está descargada dela página No puedes ver los enlaces. Register or Login
La página web de la Agencia de Proteccion de Datos es: No puedes ver los enlaces. Register or Login
Saludos

"Al constituirse una empresa y tratar datos de carácter personal de los clientes, proveedores y/o empleados, esta empresa será el responsable de los ficheros a los efectos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal (LOPD)

Por tanto, la empresa está obligada por ley, entre otras cosas a:

    * Informar a los afectados: Cualquier persona tiene derecho a saber si sus datos personales van a ser incluidos en un fichero, y los tratamientos que se realizan con esos datos. Los responsables tienen obligación de informar al ciudadano cuando recojan datos personales que le afecten. Debe ser informado de la recogida de sus datos y de su utilización. Este derecho de información es esencial porque condiciona el ejercicio de otros derechos tales como el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
    * Pedir su consentimiento: Como regla general, la inclusión de datos de carácter personal en un fichero supondrá un tratamiento de datos de carácter personal, que requerirá, en principio, el consentimiento del afectado, excepto en los casos que establece la Ley Orgánica 15/1999.
    * Calidad y proporcionalidad de los datos: La Ley Orgánica 15/1999 contiene entre sus principios generales, el principio de calidad de los datos, que, ligado al principio de proporcionalidad de los datos, exige que los mismos sean adecuados a la finalidad que motiva su recogida.
    * Atención a los derechos de los ciudadanos: Es competencia de la Agencia Española de Protección de Datos la tutela de estos derechos. Así, ante una denegación del ejercicio de éstos, queda abierta la posibilidad de que el titular de los datos recabe dicha tutela formulando la correspondiente reclamación. Derechos de acceso, rectificación y cancelación, oposición.
    * Deber de guardar secreto: El artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, exige a quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos a guardar secreto profesional sobre los datos, subsistiendo la obligación aún después de finalizar su relación con el responsable del fichero.
    * Adopción de medidas de seguridad: El Reglamento viene a establecer tres niveles de seguridad atendiendo a la naturaleza de la información tratada en relación con la mayor o menor necesidad de garantizar la confidencialidad y la integridad de la misma, con independencia de la finalidad en virtud de la cual se haya procedido al tratamiento de los datos personales. (Nivel alto: para ficheros que contengan datos de ideología, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual así como los recabados para fines policiales sin consentimiento de las personas afectadas; Nivel medio: para ficheros que contengan datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales, Hacienda Pública, servicios financieros y los que se rijan por el artículo 29 de la LOPD (prestación de servicios de solvencia y crédito) ; Nivel básico: para ficheros que contengan datos de carácter personal
    * Notificación de ficheros con datos de carácter personal: Los datos de carácter personal se organizan en ficheros y la creación de éstos se debe notificar y solicitar su inscripción en el Registro General de Protección de Datos El Registro General de Protección de Datos es el órgano al que corresponde velar por la publicidad de la existencia de los ficheros de datos de carácter personal, con miras a hacer posible el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación, regulados en los artículos 14 a 16 de la LOPD. Por ello es el encargado de la gestión de las inscripciones. El acceso al Registro es público y gratuito.

 
Cómo notificar los ficheros a la AEPD

Existen dos vías para notificar los ficheros a la Agencia de Protección de Datos

    * El sistema de NOtificaciones Telemáticas a la AEPD (NOTA)  que se encuentra en la pagina web de la Agencia de protección de datos.
    * A través del sistema de tramitación telemática en el mismo proceso de constitución de una empresa gracias a un nuevo formulario insertado en el Documento Único Electrónico (DUE).

Si desea obtener mas informacion, puede descargar una versión mas completa de este documento aqui
o bien dirigirse a la página web de la Agencia de Proteccion de Datos No puedes ver los enlaces. Register or Login"


Desconectado marta

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Re:Consulta, ley de protección datos.
« Respuesta #12 en: 11 de Marzo de 2012, 18:25:53 pm »
Muchas gracias,  voy a mirarlo.
Ya os cuento si lo puedo hacer sin mediación de ninguna empresa externa, pues hay alguna que pide 200€ al año, en mi caso me parece una pasada, pues no tengo empleados y no cojo datos de nadie, lo único, los datos q aparecen en las facturas, donde aparecen mis datos y los del proveedor, estas facturas no salen de las carpetas, asi q esta historia en mi caso no la encuentro sentido.