Compi, la obligación entre Los ascendientes y descendientes,según el Código Vigente, Los hermanos sólo se deben los auxilios necesarios para la vida, cuando los necesiten por cualquier causa que no sea imputable al alimentista, y se extenderán en su caso a los que precisen para su educación». (art. 143)
Me imagino, que es porque el progenitos no puede hacer frente pero no me parece descabellado que un Hermano mayor ayude a un menor.