Te refieres al desistimiento unilateral?? Un escrito diciendo que desiste unilateralmente del contrato, que en un plazo de x días entregará las llaves....
En cuanto a las facturas, para eso está la fianza. Una vez te asegures que no debe facturas y que dejó todo en el mismo estado que se le entregó, le devuelves la fianza. Caso contrario, le descuentas por ejemplo si dejó sin pagar una factura de luz, se la descuentas.
Te refieres a eso?
Tal como dice Palangana, esos extremos se dejan atados "antes" de entregarle el piso al arrendatario, al firmar el contrato.
Saludos