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decreto legislativo-> art. 82 CE permite que las CG deleguen en el Gobierno la potestad para
distar normas con rango de Ley Orgánica. Falso, es de ley, no de ley orgánica, la CE lo prohíbe expresamente.
No quiero desmerecer a la persona que se ha molestado en colgar los apuntes para la ayuda de todos nosotros,
pero este error sumado a alguna cosa de menor importancia vista da que pensar en su fiabilidad.