A mi juicio, lo que tienes que hacer, no es confirmar el borrador, sino modificarlo. Ya que en los datos fiscales que tiene hacienda, no constan los alquileres, y éstos dan derecho a deducción ( siempre que la base imponible no supere los 24107,20 euros anuales en la parte estatal, y en las comunidades autónomas también se puede deducir, si se cumplen determinados requisitos, dependiendo de la comunidad de la que se trate)
Una vez introducidos los datos de la deducción (DNI del arrendador e importe de la cantidad satisfecha por este concepto, tambien la referencia catastral del inmueble, pero ésto no es necesario si la desconoces) envías de nuevo los datos a la agencia tributaria y ésta elabora un nuevo borrador y en este caso sí puedes confirmarlo. Tambien puedes hacerla tu de nuevo y enviarla vía telemática o a través de banco o en la oficina tributaria.
El importe de los rendimientos de trabajo necesarios para estar obligado a realizar la declaración este año es de 22000. Si como dices has trabajado poco, supongo que habrás recibido paro u otra ayuda, en cuyo caso (de tratarse de 2 o mas pagadores la cantidad que en total hayas recibido por este concepto, no puede superar los 11200 euros. También hay otros requisitos en otros casos...
Normalmente, cuando la cantidad percibida como rendimientos de trabajo durante el año, es pequeño, la cantidad a deducir por el alquiler de la vivienda habitual, da derecho a que te devuelvan, como límite máximo lo que te han deducido.
Yo en tu caso haría la declaración, incluso si no estuviera obligada, como dijo el anterior compañero, es dinerito en el bolsillo. Y a ti no te debe preocupar si el arrendador declara o no, porque no es tu problema, además el arrendador tambien tiene derecho a deducir por este concepto.