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Autor Tema: Art. 1329 CC  (Leído 945 veces)

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Desconectado FuturaAbogada

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Art. 1329 CC
« en: 17 de Mayo de 2013, 08:25:10 am »
¿Qué significa dentro de este contexto la palabra concurso?

Artículo 1329 CC

El menor no emancipado que con arreglo a la Ley pueda casarse podrá otorgar capitulaciones, pero necesitará el concurso y consentimiento de sus padres o tutor, salvo que se limite a pactar el régimen de separación o el de participación.


Un cordial saludo

Lo bueno es justo.

Desconectado FuturaAbogada

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Re:Art. 1329 CC
« Respuesta #1 en: 18 de Mayo de 2013, 18:51:54 pm »
Ya lo he descubierto, en este contexto, significa "participar".
Lo bueno es justo.

Desconectado CHEN

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Re:Art. 1329 CC
« Respuesta #2 en: 19 de Mayo de 2013, 20:49:24 pm »
o concurrencia.
Los OJOS, no son ojos porque te VEN, son OJOS porque te MIRAN.