Hola compi, pues la normativa está clara,
Según se establece en el Reglamento sobre Formación de Tribunales y Celebración de Pruebas Presenciales, modificado por acuerdo de Consejo de Gobierno de 20 de noviembre de 2007, podrán realizar los exámenes extraordinarios de Fin de Carrera los estudiantes de los planes de estudio en vigor que tengan pendientes hasta un máximo de dos asignaturas anuales o cuatro cuatrimestrales para finalizar la Diplomatura, Ingeniería (Técnica o Superior), Licenciatura, siempre y cuando hayan estado matriculados en la UNED en dichas materias, en cursos anteriores. Se examinarán de las asignaturas completas.
Para poder concurrir a la convocatoria extraordinaria de Fin de Carrera los interesados deberán matricularse y solicitar examinarse de todas las asignaturas pendientes, que les dan derecho a ello, al Decano o Director de la Escuela.
La matrícula de dichas asignaturas deberá hacerse en el plazo establecido. Cuando un estudiante no supere los exámenes, la matrícula será válida para seguir regularmente el curso.