Hola abogadodemafioso,
Según tengo entendido la cuestión prejudicial es una cuestión entre jueces, es decir la tiene de plantear el Juez nacional ante el TJUE.
Las partes en el litigio pueden solicitar que el juez presente la cuestión prejudicial, pero el Juez no está obligado a presentarla a no ser que sea el Juez de última instancia, es decir, que contra su decisión no puede ser objeto de recurso.
Saludos,