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Autor Tema: ¿Reforma Constitucional?  (Leído 1365 veces)

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Desconectado amicus

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¿Reforma Constitucional?
« en: 16 de Enero de 2014, 08:26:04 am »
Dado que los Textos Constitucionales tienen lugar en un proceso histórico determinado, parece aconsejable revisar si en el momento actual se impone una reforma de la Ley de Leyes para adecuarla al contexto de la sociedad presente.

Por ello, se somete a opinión un debate sobre si la reforma de la Constitución Española es rígida y las dificultades que conlleva su modificación, una vez establecidas las pautas sobre la necesidad o no de su reforma.

Se abre el debate...


Desconectado NatalyGut

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Re:¿Reforma Constitucional?
« Respuesta #1 en: 16 de Enero de 2014, 08:46:35 am »
¿Hay algo en especial que tú desees que sea modificado en nuestra Carta Magna?
Comparto con vosotros mis apuntes de D. Contitucional I AQUÍ: No puedes ver los enlaces. Register or Login

Desconectado amicus

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Re:¿Reforma Constitucional?
« Respuesta #2 en: 16 de Enero de 2014, 10:51:22 am »
Sinceramente considero que, tras treinta y cinco años de andadura de nuestra Constitución como toda norma humana, no sólo hay algo especial -que lo hay- sino también consideraciones tales como:

a)Simplificar la actual rigidez del procedimiento reformador;

b)La preferencia del hombre en relación con la mujer en la sucesión hereditaria;

c) Las incompatibilidades de los miembros de la Fasmilia Real;

d) El estatuto jurídico del heredero de la Corona;

y muchas cosas más que podemos ir analizando de forma objetiva y respetuosa.

Desconectado abogado M

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Re:¿Reforma Constitucional?
« Respuesta #3 en: 16 de Enero de 2014, 12:17:21 pm »
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Dado que los Textos Constitucionales tienen lugar en un proceso histórico determinado, parece aconsejable revisar si en el momento actual se impone una reforma de la Ley de Leyes para adecuarla al contexto de la sociedad presente.


   Ya. El problema es que algunos la quieren reformar para una cosa y otros la reformarían para la contraria.
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Desconectado abogado M

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Re:¿Reforma Constitucional?
« Respuesta #4 en: 16 de Enero de 2014, 13:18:28 pm »
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Sinceramente considero que, tras treinta y cinco años de andadura de nuestra Constitución como toda norma humana,

   Pues hombre, treinta y cinco años para una ley ordinaria u orgánica puede que sean muchos, depende; pero para una constitución tampoco son tantos.

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...no sólo hay algo especial -que lo hay- sino también consideraciones tales como:

a)Simplificar la actual rigidez del procedimiento reformador;

   Dependiendo de la parte que se quiera reformar de la Constitución, el procedimiento no es tan rígido. De hecho, la CE ha sido modificada ya en dos ocasiones y el españolito de a pie prácticamente ni se ha enterado y si lo ha hecho no ha dicho ni mu; debe ser que la cosa no interesa tanto como el balón de oro.

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b)La preferencia del hombre en relación con la mujer en la sucesión hereditaria;

   Supongo que te referirás a la sucesión hereditaria en la Jefatura del Estado, porque para todo lo demás no existe esa preferencia. Esa cuestión de la sucesión hereditaria a la Corona sí está en la parte más rígida de la CE, pero había que ser prácticos. Yo, ya puestos y sin ser monárquico, prefiero de heredero a Felipe que a Elena. Supongo que alguien debió pensar lo mismo en su momento y dejó la cosa asegurada.

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c) Las incompatibilidades de los miembros de la Fasmilia Real;

   Me parece que la CE no dice nada sobre incompatibilidades de los miembros de la familia real. Y como no dice nada sobre eso, no entiendo qué se puede o debe modificar. Otra cosa es que se apruebe una ley orgánica u ordinaria sobre esa tema, pero eso está totalmente al margen de la Constitución, lo cual me parece bien.

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d) El estatuto jurídico del heredero de la Corona;

   Aparte de que ostentará el título de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados al sucesor de la Corona y de que si se casa en contra de la prohibición conjunta del Rey y las Cortes perderá sus derechos sucesorios, la CE dice muy poco o nada sobre un hipotético estatuto jurídico del heredero, así que ídem de ídem de lo anterior.

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y muchas cosas más que podemos ir analizando de forma objetiva y respetuosa.

   Como por ejemplo el carísimo, absurdo, ultracorrupto, insolidario y regresivo Estado de las Autonomías que nos han metido con embudo incumpliendo incluso la CE y que solo quiere y defiende el naZionalismo paleto, autista, corrupto, excluyente y mentiroso.

   ...pshh...que me has pillao saturado de procesal y con ganas de darle a la tecla.
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Desconectado NatalyGut

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Re:¿Reforma Constitucional?
« Respuesta #5 en: 16 de Enero de 2014, 18:44:20 pm »
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   Ya. El problema es que algunos la quieren reformar para una cosa y otros la reformarían para la contraria.

Has dado en el clavo.
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Desconectado amicus

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Re:¿Reforma Constitucional?
« Respuesta #6 en: 17 de Enero de 2014, 19:05:12 pm »
Para reformar los artículos que se refieren a la Corona en la Constitución es necesario obtener en el Congreso y en el Senado una mayoría de dos tercios...Ello conllevaría a la inmediata disolución de las Cortes lo que significa la pérdida de los escaños de los parlamentarios... convocatoria de nuevas elecciones generales... por si fuese poco: que las dos nuevas Cámaras ratificasen la voluntad de reforma: Congreso y Senado; mayoría simple en el Congreso y mayoría absoluta en el Senado. Todavía hay más: el texto de reforma tendría que ser aprobado tanto en el Congreso como en el Senado por 2/3 (dos tercios)... Y, al final (respirar profundamente): referéndum del cuerpo electoral que podría ser (o no) afirmativo.

Desconectado palangana

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Re:¿Reforma Constitucional?
« Respuesta #7 en: 17 de Enero de 2014, 21:16:56 pm »
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Dado que los Textos Constitucionales tienen lugar en un proceso histórico determinado, parece aconsejable revisar si en el momento actual se impone una reforma de la Ley de Leyes para adecuarla al contexto de la sociedad presente.

Por ello, se somete a opinión un debate sobre si la reforma de la Constitución Española es rígida y las dificultades que conlleva su modificación, una vez establecidas las pautas sobre la necesidad o no de su reforma.

Se abre el debate...

Es una necesidad social, política e institucional de primer orden. Una ley de leyes exige continuidad en el tiempo, eso es correcto, pero es principio del derecho que las normas que integran un ordenamiento jurídico han de servir a la sociedad, no la sociedad ser esclavo de las normas.

Los coches son caros, pero si se rompen pues hay que comprarse otro más tarde o más temprano...o te arruinará. ¿Es una norma ley de leyes un coche?: No , no lo es, pero tienen en común algo, que el ser un INSTRUMENTO al servicio de las personas.

¿Sirve la CE 78 a las personas en el siglo XXI?, pues no sé, miren la situación social, política e institucional del país y ya tendrán la respuesta. No, no sirve, resulta anacrónica, y cultivo para que los políticos por la puerta de atrás hagan con ella lo que les salga del arco de la peineta...de hecho, aunque formalmente sólo ha sido parcialmente modificada en una ocasión si no recuerdo mal, en realidad está masacrada en su interpretación por el constitucional y, sobre todo, por el legislador mediante leyes orgánicas de forma encubierta.

Por otro lado, por cuestión de legitimidad: fue refrendada por un pueblo de hace varias décadas, abuelos y padres nuestros, un pueblo que venía de una dictadura. Hay que preguntarle al pueblo hoy, no menor ni peor preparado, con otra mentalidad al haber vivido en democracia, es decir, hay que preguntarle a dos generaciones posteriores.

¿Es rígida o flexible?: es lo peor que le puede pasar a un pueblo...flexible en su interpretación (para que el político la toree), y es rígida en su sistema de reforma, para que perduren en el poder y situación de privilegio unos cuantos. 

Un saludo.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

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Re:¿Reforma Constitucional?
« Respuesta #8 en: 17 de Enero de 2014, 22:03:11 pm »
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Para reformar los artículos que se refieren a la Corona en la Constitución es necesario obtener en el Congreso y en el Senado una mayoría de dos tercios...Ello conllevaría a la inmediata disolución de las Cortes lo que significa la pérdida de los escaños de los parlamentarios... convocatoria de nuevas elecciones generales... por si fuese poco: que las dos nuevas Cámaras ratificasen la voluntad de reforma: Congreso y Senado; mayoría simple en el Congreso y mayoría absoluta en el Senado. Todavía hay más: el texto de reforma tendría que ser aprobado tanto en el Congreso como en el Senado por 2/3 (dos tercios)... Y, al final (respirar profundamente): referéndum del cuerpo electoral que podría ser (o no) afirmativo.

Hay un pequeño truco: modificar el título relativo a la reforma (que para su propia reforma requiere el procedimiento ordinario), para cambiar los requisitos de reforma del título II (y pasar del procedimiento extraordinario al ordinario).

Desconectado amicus

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Re:¿Reforma Constitucional?
« Respuesta #9 en: 18 de Enero de 2014, 13:38:16 pm »
Así podría ser...: el artículo 168 de la Constitución Española se podría suprimir a la vista del contenido del artículo 167 de la citada Carta Magna que es el procedimiento de reforma ordinario y, de esa forma, el título II de la Corona se pudiera reformar de una forma más coherente, si bien, aún siendo esto viable ¿se llegaría a un acuerdo efectivo para su realización?...