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Autor Tema: DERECHO PROCESAL I INDIGNACION  (Leído 11106 veces)

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Desconectado silvia70

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Re:DERECHO PROCESAL I INDIGNACION
« Respuesta #80 en: 30 de Marzo de 2015, 11:41:25 am »
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PARA GENERAL CONOCIMIENTO DE TODOS LOS/AS ALUMNOS/AS DE GRADO DE DERECHO

Hace un rato que me fui a dormir…pero es tal la preocupación que tengo y que lleva varias semanas sobre mi cabeza que ya es hora de compartirla con vosotros. Os invito también a que me ofrezcáis vuestra opinión porque hay que darle una solución a los problemas que surgen en nuestra universidad y que nos afectan a todos.
El caso es el siguiente (os lo resumo, si alguno de vosotros/as quiere la versión extendida, os paso por privado mi teléfono y os lo cuento, inclusive no tendría ningún problema en mostrar las resoluciones, correos y recursos), en principio afecta a todos los alumnos de la asignatura de Derecho Procesal I del Grado de Derecho. Me he dado cuenta, y desde el departamento me lo han confirmado, que en los exámenes se sigue el criterio de corrección de que una pregunta errónea suspende automáticamente el examen. Pues bien ante esta información, busco en la guía didáctica de la asignatura, y cuál es mi sorpresa…QUE ESE SISTEMA DE CORRECCIÓN NO APARECE explicado así para general conocimiento de los alumnos, como si ocurre con otras asignaturas. Por lo que según mi criterio no se respeta lo que dice la misma, y tampoco tiene cabida en la tal aferrada libertad de cátedra. Por lo que ese sistema de corrección podría considerarse nulo.
Pues bien, tras pedir la revisión del mismo, la comisión de revisión, y el Rector resolver mi Recurso de Alzada, este último manifiesta que en la guía de la asignatura se establece QUE EL ALUMNO ESTA OBLIGADO A CONTESTAR TODAS LAS PREGUNTAS, y que por ese motivo, si una pregunta esta errónea, se suspende automáticamente el examen. Que esa frase es interpretativa, y ellos la interpretan así. Yo con toda la diligencia de un buen padre de familia, le solicité que me lo explicara a través de web conferencia(a día de hoy por más que la leo yo no sé cómo deducen tal impresión), pero a través de correo electrónico me la ha desestimado.
 Entiendo que esa frase informa de algo que ya el propio alumno conoce desde que se matricula en la asignatura…porque si no ¿para que se matricula? ¿Para regalarle el dinero a la universidad? Esa frase informa de una obligación, pero no informa del sistema de corrección.
Se lo comuniqué al Defensor Universitario, pero mediante una llamada de teléfono me informo que se adhería a lo resuelto por el Rector (algo que me esperaba). Mientras tanto, y tras varias instancias a través de la Subdelegación del Gobierno de Córdoba (desde el 6 de noviembre de 2014), llamadas telefónicas y correos electrónicos, tanto la Decana de la Facultad de Derecho, como el Director del Departamento, no se han preocupado en contestarme.
Llegado este punto me pregunto, ¿es cierto que somos la cimentación de esta universidad y que sin nosotros no sería lo que es, o es solo un lema que no llega a ninguna parte?
Espero conocer vuestra opinión al respecto. Un saludo y muchas gracias.

Antoñin26.

A ver, el departamento dice: Que una pregunta errónea suspende el resto.
En la guía pone lo siguiente: En el examen deben ser contestadas todas las preguntas que se formulen.

Según dices tú, tú en principio respondes las tres preguntas pero tienes una mal, por lo que interpreto que ese error que tú cometes te invalida toda la pregunta, por lo que esa pregunta vale cero, que es lo mismo que te contaría si no la hubieses contestado, seamos realistas.
Pero vamos más allá. Efectivamente, si no hubieras contestado absolutamente nada, hubieran suspendido tu examen, porque la guía especifica la imperatividad de contestar todas las preguntas que se formulen.
Pero habiendola rellenado, aunque hubiera sido con un poema, somos benévolos, hacemos la vista gorda y no aplicamos este criterio, por lo que siguen corrigiendo y califican esa pregunta con un cero y siguen adelante. Siendo así, interpreto que las dos preguntas tendrían que estar perfectas para poder aprobar y, es muy posible que no estuvieran completas al cien por cien, de ahí tu suspenso.

Antoñín, es que, con todo el respeto, no te veo base para poder ganar esta reclamación.
Tu respuesta estaba mal, por lo tanto, tú respondiste sólo a dos preguntas, (contradices lo que establece la guía) porque la otra no se puede considerar como contestada, estaba mal (aceptas lo que dice el departamento).
No se contradice, es que una cosa complementa a la otra.
Así es como lo veo yo.



Desconectado Nikky

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Re:DERECHO PROCESAL I INDIGNACION
« Respuesta #81 en: 30 de Marzo de 2015, 13:27:55 pm »
Honestamente, y sin ánimo de ofender, no entiendo que siga con ésto, es una batalla perdida por pura lógica, tanto porque ellos tienen la sartén por el mango como, y más importante, porque no tienes razón, antoñín. Contestar a todas las preguntas, como hemos repetido, presupone que es contestarlas bien. Entiendo tu frustración porque a todo el mundo le duele un suspenso, pero si no puedes entender ésto y dedicar tu esfuerzo a otras empresas con mayores probabilidades de éxito, sinceramente compadezco a tus futuros clientes, pues parece indicar que les vas a animar a perseguir causas potencialmente perdidas, con el consiguiente desperdicio de tiempo, ilusiones y dinero.

En resumen:

- Contestar a todas las preguntas lleva implícito contestarlas BIEN. Nadie dice que deban estar perfectas las 3, pero tienen que estar BIEN orientadas.

- Nunca jamás te van a dar la razón en esa reclamación.

Es IMPOSIBLE que te den la razón por la sencilla razón de que admitir una pregunta errónea pero no en blanco supone que cualquiera que haya hecho las otras dos bien pero haya escrito cualquier tontería en la tercera, un poema como dice Silvia o la lista de los Reyes Godos, tiene que ser aprobado. A veces hay que mirar las cosas un poco desde fuera y con perspectiva para no perder el norte, compañero. Esto no te va a llevar a nada bueno.
Lo único imposible es lo que no intentas.

Desconectado medved

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Re:DERECHO PROCESAL I INDIGNACION
« Respuesta #82 en: 30 de Marzo de 2015, 14:11:01 pm »
es una batalla perdida...92% de alumnos sí lo entienden

Desconectado widowson

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Re:DERECHO PROCESAL I INDIGNACION
« Respuesta #83 en: 30 de Marzo de 2015, 23:32:25 pm »
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no me molesta ningun comentario compañero/a....todos los comentarios son para sumar....a lo que indica el compañero/a sobre el porcentaje de aprobados...tu lo has podido comprobar, o solo te dejas guiar por lo qe digan las estadisticas de la UNED???(lo digo porque en TV anuncian a bombo y platillo que tenemos brotes verdes....y siguen desahucios, niños con dificultades para tomar un vaso de leche para desayunar, que esto es lamentable, y gente sin trabajo) lo digo de esta asignatura o de cualquier otra....

Al compañero/a que comenta lo del caso practico, te dire que el mio esta bien(lo digo porque en la comision lo dejan patente que tengo el practico bien, y la segunda pregunta bien tambien)...

Y asumo y me responsabiliso de que la primera pregunta la tengo mal, lo repetire hasta la saciedad(el error fue que envie al TC en lugar de al primer instancia cosas del momento), pero que aun teniendo la pregunta mal, no pueden aplicar un metodo que no establesca la guia,....siento deciros que os habeis centrado muchos de vosotros en el fondo del asunto, y la controversia no es de fondo, es de forma....eso es lo que pienso.

Claro, el departamento de advo sobornó a la sección de estadística de la uned para que pusieran una estadística falsa y así poder justificar que a ti te suspendieran por poner una pregunta mal.
Se les ocurrió después de lo de Rosswell ya sabes....
Por cierto, a mi lo que me alucina es que alguien que confunde sistemáticamente las "c" y las "s" haya alcanzado la universidad.
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Desconectado antoñin26

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Re:DERECHO PROCESAL I INDIGNACION
« Respuesta #84 en: 30 de Marzo de 2015, 23:46:11 pm »
Compañero no las confundo...tengo esa te la rota del ordenador...

Desconectado antoñin26

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Re:DERECHO PROCESAL I INDIGNACION
« Respuesta #85 en: 30 de Marzo de 2015, 23:47:29 pm »
Lo que si me parece a mi que el que confundes eres tu entre advo y procesal I....miralo

Desconectado LadyBolena

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Re:DERECHO PROCESAL I INDIGNACION
« Respuesta #86 en: 31 de Marzo de 2015, 12:50:23 pm »
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Compañero no las confundo...tengo esa te la rota del ordenador...

Pues en "compañero" si te funciona y sin embargo en te"  "la se te vuelve a romper... uppsss

Desconectado widowson

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Re:DERECHO PROCESAL I INDIGNACION
« Respuesta #87 en: 31 de Marzo de 2015, 17:53:03 pm »
ES que no la tiene rota, la tecla está contestada, pero de manera incorrecta  ;D ;D ;D
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Desconectado medved

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Re:DERECHO PROCESAL I INDIGNACION
« Respuesta #88 en: 01 de Abril de 2015, 09:54:40 am »
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no me molesta ningun comentario compañero/a....todos los comentarios son para sumar....a lo que indica el compañero/a sobre el porcentaje de aprobados...tu lo has podido comprobar, o solo te dejas guiar por lo qe digan las estadisticas de la UNED???(lo digo porque en TV anuncian a bombo y platillo que tenemos brotes verdes....y siguen desahucios, niños con dificultades para tomar un vaso de leche para desayunar, que esto es lamentable, y gente sin trabajo) lo digo de esta asignatura o de cualquier otra....

Al compañero/a que comenta lo del caso practico, te dire que el mio esta bien(lo digo porque en la comision lo dejan patente que tengo el practico bien, y la segunda pregunta bien tambien)...

Y asumo y me responsabiliso de que la primera pregunta la tengo mal, lo repetire hasta la saciedad(el error fue que envie al TC en lugar de al primer instancia cosas del momento), pero que aun teniendo la pregunta mal, no pueden aplicar un metodo que no establesca la guia,....siento deciros que os habeis centrado muchos de vosotros en el fondo del asunto, y la controversia no es de fondo, es de forma....eso es lo que pienso.

Comparar las estadísticas de la UNED con la visión sesgada de los políticos de turno tiene bemoles. Y no, no lo he podido comprobar en esta asignatura porque no la he cursado todavía. Pero te pondré un ejemplo "a sensu contrario". Cuando cursé Derecho romano, eran 3 preguntas de desarrollo, contesté 2 por falta de tiempo o por organizarme mal el tiempo,  y obtuve un 6,3...no recuerdo lo que decía la guía, pero si hubiera suspendido hubiese entendido el motivo.
saludos y suerte

Desconectado silvia70

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Re:DERECHO PROCESAL I INDIGNACION
« Respuesta #89 en: 01 de Abril de 2015, 10:14:46 am »
Nikky lo ha explicado de manera impecable y este tema no tiene vuelta de hoja. Empecinarse en querer interpretar lo que no puede ser es una pérdida de tiempo y energía que, por desgracia, le puede repercutir de forma negativa al compañero.