Gracias, Jbr¡
Entré a través del enlace, pero no me da la información que pensaba. Existe ese acuerdo de gobierno, tengo la información general sobre el mismo, pero no una información específica de cuál es el procedimiento a que se refiere ese acuerdo de gobierno y en el BICI solo está el enunciado.
Por si dentro del procedimiento específico existiera algo más que pueda anular la petición.
Por ahora sé que el escrito de explicación de la ratificación de no apto, no se ajusta a la normativa jurídica de la Uned, en su totalidad. Al no informarme de mi derecho a solicitar la Comisión de Revisión ni los plazos para ello, aunque esto es subsanable desde el punto de vista que tengo ese conocimiento y, que adolecer de esos requisitos parece ser una dejación de funciones, que no lo creo, porque en esto de hacer papelitos y moverlos, son los dioses, pero con mayúscula. Y eso me llama mucho la atención.
Tampoco me dan copia del examen, que según leo, dentro del procedimiento de revisión está obligado el departamento y en la forma que hice el escrito, tocaba directamente al departamento.
Por eso quiero ver el procedimiento de ese acuerdo de 13 de noviembre de 2002 del Consejo de Gobierno.
Ni registro de salida, ni sello junto a la firma, ni papel oficial membrado...
Son los Dioses, saben que no va a pasarles nada, pero... ¿Por qué? No es un fallo, ellos no comenten esos fallos. ¿Por qué?
Gracias de nuevo, Jbr.