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Autor Tema: Derecho Administrativo (en general) - Ayuda!  (Leído 1363 veces)

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Desconectado Francisco1345

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Derecho Administrativo (en general) - Ayuda!
« en: 08 de Julio de 2009, 23:58:43 pm »

Estimad@s compañer@s!
Agradecería si alguien me pudiera informar si existe la obligación legal de las Administraciones Públicas a informar.  Puesto que sólo he realizado hasta ahora los cursos de Derecho Administrativo I y II, se me escapa de las manos.

En caso positivo, es decir que las Administraciones Públicas estén obligadas a informar, a donde encuentro dicha Ley?!

El problema es el siguiente, una amiga que se encontraba desempleada y había sido incluida desde hacía dos meses en el llamado programa RAI (Renta Activa de Reinserción), encontró un empleo
después de trabajar en el mismo durante poco tiempo se da con la desagradable sorpresa que el
el Director propietario de la empresa insultaba practicamente a diario a todo el personal de la misma.
Al conocer dichos problemas, dicha amiga, pide de forma voluntaria la baja en dicha compañía, se va al INEM y le dicen que no tiene derecho a ser reincorporada al progama RAI en el cual se encontraba anterior a la aceptación del empleo.

No debería, en este caso, el INEM haber informado tanto de los derechos como de las obligaciones cuando la incluyeron en dicho programa? Pues no lo hicieron!
En ningún momento le dijeron de forma expresa que si causaba baja de forma voluntaria no sería reinsertada de nuevo en el programa RAI.
Considero que dejan caer a los ciudadanos en una trampa!!!!!

Gracias por vuestra ayuda y/o comentarios. 
 

Piensa como piensan los sabios, mas habla como habla la gente sencilla.

Desconectado jomarubi

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Re: Derecho Administrativo (en general) - Ayuda!
« Respuesta #1 en: 13 de Agosto de 2009, 04:06:43 am »
Ley 30/1992 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Articulo 35-punto G.Derecho de los ciudadanos.
Ten en cuenta que si el trabajador pide la baja de la empresa voluntariamente pierde el derecho a cual tipo de paro.
En el estatuto de los trabajadores Articulo 50.1a puedes encontrar la solución,siempre y cuando se respeten las formas de solicitar la baja de la empresa.
Espero que ponga un poco de luz en tu duda.
Un saludo y suerte.