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Autor Tema: Ley omnibus, en que nos puede afectar  (Leído 2098 veces)

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Desconectado Bético

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Ley omnibus, en que nos puede afectar
« en: 27 de Diciembre de 2009, 02:36:14 am »
He estado indagando sobre como puede afectarnos a los futuros licenciados esta ley que, al parecer, liberaliza las profesiones sujetas a colegiación.

Alguien sabe algo del tema. Gracias.


Desconectado MiLe_TzN

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Re: Ley omnibus, en que nos puede afectar
« Respuesta #1 en: 27 de Diciembre de 2009, 15:43:07 pm »
Según he leído yo, lo único que podría afectarnos sería en el precio al pagar cuando te colegias.
Abogada y Doctoranda

Desconectado willagar

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Re: Ley omnibus, en que nos puede afectar
« Respuesta #2 en: 27 de Diciembre de 2009, 20:57:02 pm »
Afectará ya que, según he leído, ahora se flexibiliza, con dicha ley, el acceso a procurador en tribunales. No lo tengo muy mirado pero en un reportaje de la tv el otro día hablaban de ello. Habrá que investigarlo en profundidad pero yo ahora, con los examenes ya encima...
Un saludo y felices fiestas.

Desconectado MiLe_TzN

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Re: Ley omnibus, en que nos puede afectar
« Respuesta #3 en: 28 de Diciembre de 2009, 11:55:20 am »
Os copio un fragmento del e-mail enviado por el Colegio de Abogados de aquí sobre esta ley:

Resumen de la Ley Ómnibus para los servicios profesionales (consumidores y usuarios, colegiados y colegios):

    * Habrá un proyecto de Ley en el plazo de doce meses, aunque el Gobierno ya ha anunciado que conocemos el borrador en el segundo trimestre del 2010, de reforma del marco regulador de los servicios profesionales. Esta ley definirá, entre otras, qué profesiones mantienen un control universal de sus profesionales ejercientes (a través de la colegiación).
    * Habrá un Real Decreto en el plazo de cuatro meses que definirá qué visados son obligatorios y cuáles dependerán de la voluntad del cliente. Esta es una de las sorpresas que ha deparado el trámite de hoy, pues en el Senado los grupos parlamentarios habían consensuado a una enmienda transaccional, que el Grupo Socialista ha rechazado hoy, que dejaba esta cuestión para un proyecto de ley en el plazo de doce meses.
    * Cuota de inscripción. El texto señala que la cuota de inscripción no podrá superar en ningún caso los costes asociados a la tramitación de la inscripción.
    * Baremos de honorarios orientativos. Serán los tribunales los que podrán solicitar esta información a los colegios profesionales con motivo de cálculo de costas judiciales. Ni el cliente ni el colegiado podrán disponer de esta información.
    * La publicidad. Los estatutos de los colegios y los códigos deontológicos podrán contener previsiones sobre publicidad en función de los valores profesionales.
    * Las incompatibilidades entre profesiones. A partir de ahora los profesionales podrán ejercer su profesión individualmente o de forma conjunta en unión de otro u otros profesionales de la misma o distinta actividad profesional. En el caso de sociedades multidisciplinares las incompatibilidades habrán de estar recogidas por ley. 
    * Adaptación a los requisitos de la ventanilla única de la administración. Las organizaciones profesionales, en tanto que autoridades competentes, tienen que relacionarse con la ventanilla única de la Administración General del Estado. En este sentido, y para facilitar una interlocución por profesión, se ha aprobado que los colegios profesionales de ámbito territorial faciliten a los consejos generales o superiores, y en su caso a los consejos autonómicos, la información concerniente a las altas, bajas y cualquiera otras modificaciones que afecten a los registros de colegiados y de sociedades profesionales, para su conocimiento y anotación en los registros centrales de colegiados y de sociedades profesionales de aquellos.
Abogada y Doctoranda

Desconectado Ppito

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Re: Ley omnibus, en que nos puede afectar
« Respuesta #4 en: 29 de Diciembre de 2009, 18:37:40 pm »
¿Tiene algo que ver esta Ley con la 34/2006 de acceso a la profesión de abogado y procurador?

¿Que pasa si nos licenciamos en 2.012?

Gracias y un saludo