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Autor Tema: multa de semáforo en rojo  (Leído 1354 veces)

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Desconectado pitupin

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multa de semáforo en rojo
« en: 02 de Noviembre de 2010, 13:31:14 pm »
buenos días, hoy me ha llegado una denuncia a casa del concello de ourense que me indica:no respetar el conductor del vehículo la luz roja no intermitente de un semáforo. lo peor es que esa infracción no me acuerdo de haberla cometido ya que suelo estar atento a todo lo que a tráfico de refiere y alegan de no notificarmela al acto como un "problema de circulación" a sabiendas que un jueves en medio de agosto a las 20.15 en ourense no hay un alma por la calle. ¿hay alguna forma de recurrirla por alguno de estos motivos? muchas gracias de antemano


Desconectado Stong

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Re: multa de semáforo en rojo
« Respuesta #1 en: 26 de Noviembre de 2010, 22:41:14 pm »
Por poder puedes, pero temo que será navegar sin rumbo estando establecido el atraque antes de partir.

La denuncia reúne los requisitos de la ley de R.J.A.P. y P.A.C., reúne los requisitos específicos del Reglamento del procedimiento sancionador de Tráfico y, en virtud, de ésto lo reunirá del procedimiento específico sancionador del Ayuntamiento de Orense.= circunstancias de tráfico, expuesto con otras palabras.

Que el hecho se produjera un jueves de agosto, sabido por todos los lugareños que no existe densidad de tráfico, no significa ni desvirtúa que en ese preciso momento sí existiera o que la patrulla o agente estuviera en una actuación de tráfico en el momento que observó (eso podría decir él) que tú vehículo sobrepasaba el semáforo en rojo.

Tampoco es prueba de cargo que tú subjetivamente sepas cuando infringes o no lo haces, dado que no estás obligado a declarar nunca la negligencia o culpabilidad y la denuncia tiene carácter fehaciente cuando es ratificada por el agente actuante, ante las alegaciones, salvo prueba fehaciente en contra, y como te comentaba no es prueba de cargo que sepas siempre cuando infringes o no lo haces como prueba fehaciente.

La única forma es que tuvieras acceso a una grabación de la vía en ese momento, a las comunicaciones policiales que distribuyeran los servicios en ese momento y aún así, no desvirtuaría que el ilícito de tráfico de haya producido, además de ser misión imposible lo anterior.

Porque no creo que ese día y a esa hora, tengas firmado un documento, en el cual conste que prestastes el vehículo a un conductor (amigo/a), quedando constancia escrita, sus datos y su firma, sea nacional o extranjero, porque lo recordarías.

Expongo esto, salvo mejor parecer...