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Autor Tema: Entrevista carta de invitación a extranjero  (Leído 3066 veces)

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Desconectado Liberto

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Entrevista carta de invitación a extranjero
« en: 30 de Enero de 2011, 20:10:22 pm »
Hola amigos:

Me ha llegado una citación de comisaría para una entrevista, relativa a una carta de invitación que quiero realizar a un extranjero.

La consulta es: ¿qué preguntas suelen hacer?. Sinceramente esas cosas me ponen un poco nervioso, y realmente la normativa es muy ambigua sobre los requisitos para poder invitar a un extranjero.


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Desconectado Hanneke

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Re: Entrevista carta de invitación a extranjero
« Respuesta #1 en: 30 de Enero de 2011, 20:44:54 pm »
Hola Liberto,

Suelen preguntar la relación o vínculo que te une con el invitado, cuánto tiempo lo conoces, cuánto tiempo permanecerá en España, si eres consciente de las consecuencias que te puede acarrear el hecho de que se quede en España de forma irregular, etc.

En cuanto a esto último, a tener en cuenta el art. 318 bis del CP: "el que directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de cuatro a ocho años de prisión". Así como la LO 4/2000 arts. 54, 55 y 57, que considera infracción muy grave "inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo, siempre que no constituya delito", pudiendo imponerse multa desde 6.001 hasta 60.000 € o expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por un período de tres a diez años.

Sería aconsejable que llevases pruebas de la relación que te une con él, por ejemplo, fotos.

Aquí te dejo el enlace a la Orden pre/1283/2007:
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El punto Tercero dispone: "Cuando por el instructor del procedimiento se juzgue pertinente, se podrá emplazar al solicitante para mantener una entrevista personal con el objeto de comprobar su identidad, la validez de la documentación aportada y la veracidad de la información contenida en la solicitud. La incomparecencia, salvo fuerza mayor, en el plazo fijado, que no podrá exceder de quince días, producirá el efecto de considerar al solicitante desistido en el procedimiento".
Así pues, es importante que presentes cualquier prueba que avale la veracidad de la documentación e información aportada.

Recuerda que el hecho de la invitación, no implica la concesión del visado. Los consulados de España en el exterior son autónomos en esta decisión. Es importante que acredite medios económicos suficientes para su estancia, se exige una cuantía mínima al día de recursos. Por ello, es más fácil conseguir el visado cuando presentan reservas de hotel y una abultada cuenta bancaria, en lugar de cartas de invitación.

Un saludo y mucha suerte.
I wish you were beer. I mean... here.