locke123, yo no te recomiendo el concurso independientemente de la justicia gratuita o no, ya que ésta también la puede pedir en procesos singulares (demanda judicial de la entidad bancaria), te reitero lo que dije antes, que por escrito proponga un plan de pago al banco, viable para ambas partes ( pagar 300€ al mes por ejemplo), el cual es muy posible que lo acepte y aun sin esperar a la aceptación, que tus amigos cumplan el plan de pago con constancia del cumplimiento para que en el caso de que el banco no lo aceptara o directamente presentará una demanda ante los tribunales, en ese momento en el proceso judicial, además de pedir la justicia gratuita que comentas, se opongan a la ejecución de la deuda alegando su situación financiera, la propuesta de convenio de pago y aportando como prueba de cumplimiento (del reembolso de la deuda) y buena fe, el plan propuesto y el ya cumplimiento del mismo. Es probable que un Juez pueda hacer cambiar la balanza de la fuerza factica que tienen los bancos, a lo pedido por tus amigos, también aunque el Juez de la razon al Banco, penalice al Banco con el pago de sus costas procesales por el motivo subjetivo de ánimo de cumplimiento de tus amigos y por el objetivo de que presentada la demanda por el Banco las cantidades requeridas en ella (si tus amigos van cumpliendo su plan de pago) no coincidan con las que realmente se deben, lo que da muchas posibilidades que las costas procesales se paguen cada uno las suyas. Por ello si el banco ve una oposición por parte de tus amigos con la cual el Juez posiblemente no penalice con las costas a tus amigos (cada uno paga las suyas), el banco aun después de presentada la demanda es posible que la retire, por el peligro de que aun cobrando el principal de lo que se le debe más intereses, tiene en coste adicional en las costas del proceso. Te recomiendo que en las conversaciones para llegar a un acuerdo de pago con el Banco les hagas ver esta posibilidad, como elemento de presión para llegar ha dicho acuerdo, lógicamente no hables de que tus amigos necesitarán o pueden necesitar justicia gratuita.
Sobre el concurso, una persona física y sin actividad empresarial o profesional no le soluciona nada el concurso, además la declaración del concurso conlleva la intervención por el Administrador concursal de sus bienes y derechos (ingresos), el cual sólo autorizará la disposición de cuantias para alimentos al deudor (la interpretación sobre las cuantias para alimentos queda un poco al arbitrio del Administrador concursal). A diferencia de las personas jurídicas que con el concurso se liquidan, las personas físicas una vez acabado el concurso siguen debiendo las deudas y responden de ellas con todos sus bienes presentes y futuros.
Suerte.