Allá voy, aunque mi opinión no sea palabrita del niño Jesús...
En el primer caso, un hecho, varios delitos: concurso ideal.
En el segundo caso, homicidio por imprudencia: no entran en juego las reglas de los concursos de delitos. El juzgador determina la pena según su prudente arbitrio (art. 66.2 CP). Puede inducirte a error el hecho de que con una sola acción se producen varias consecuencias delictivas, pudiendo pensarse que también es un concurso ideal, pero al no haber dolo y sí imprudencia la pena concreta se computa de otra manera.