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Autor Tema: Procesal I: No se puede ser más.... >:(  (Leído 8796 veces)

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Desconectado Machuca

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #60 en: 12 de Junio de 2011, 00:26:15 am »
Yo al igual que otros compañeros, también he puesto que cabe recurso directo de revisión, he explicado en el exámen que es un caso anterior a la reforma de la LEC en 2009 y que extrpolándolo a la actualidad no resolvería la audiencia sino el secretario judicial mediante decreto y contra este cabe recurso directo de revisión y es el que he puesto, antes de hacer este caso práctico lo consulté con un abogao y fue ésta la repuesta que me dio así que supuse que al ser anterior a la reforma no caería en el exámen, pero ...SORPRESA ahí estaba. En fin... ya veremos.


Desconectado oliver

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #61 en: 12 de Junio de 2011, 21:30:14 pm »
Hola.

Se pueden interponer los recursos que se quieran, dentro de un proceso concretro. Otra cosa es que tengan cobertura en la ley y que los admitan. Y que el auto de inadmisión no conlleve multa por temeridad procesal.

Lo que no creo que se deba hacer nunca es decir: -"PROTESTO".

Vaís a aprobar todos, seguro.

Un saludo.
Ostendas mihi coleos patentes,
Cum cunno mihi mentula est vocanda.

Desconectado bittersin

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #62 en: 13 de Junio de 2011, 09:23:40 am »
Estoy flipando. Si os parece os cuento que yo, personalmente, acudí al examen con las leyes procesales de 2009(se supone que conforme iba estudiando las iba actualizando), y que ni siquiera tenía la redacción actual. Espectacular por mi parte. Me merezco un buen par de hostias, por gilipollas y capullo....

Desconectado nicole1979

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #63 en: 15 de Junio de 2011, 18:25:07 pm »


   Y al final, el libro de casos prácticos ¿que decía como correcto? De amparo civil?

  Yo es que en el examen me quedé paralizada porque ninguno de todos los recursos posibles podían ser.
  Apelación no cabe por ser dictado el Auto por una Audiencia Provincial
  Ext Infracción Procesal: no cabe porque no está vigente tal cual aparece en la ley. La Disposición Final 16 de la Lec establece que solo podrá aplicarse a resoluciones casables
  Casación: no porque solo cabe contra SENTENCIAS y además aquella tasadas en la ley
  REposición: solo para providencias y autos no definitivos.
  Revisiones: porque caben contra decretos, y resoluciones del secretario judicial

 Para mi que el del examen es un Auto definitivo, pero al final puse REposición porque el resto, de seguro que no podían ser.

 Si es realmente Amparo Civil me parece una pasada. Porque tecinicamente ni siquiera es un recurso, sino un procedimiento ordinario especial..
 Moraleja: Examen para coger, da igual todo lo que supieras

Desconectado Brossard76

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #64 en: 15 de Junio de 2011, 18:46:52 pm »
Yo de esta asignatura acabé pasando ampliamente y me dediqué a las otras, mejor aprobar las demás que dedicarle tiempo a esta y no sacar ninguna. El examen de la segunda semana del primer cuatrimestre ya me pareció hecho para suspender y así fue, así que ante el agobio que me cogió decidí dejarla para mejores momentos.

Puedo decir sin equivocarme que para mi esta asignatura es la más hueso de la carrera y el equipo docente muy poco justo dictando los exámenes.

Desconectado mnemosine

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #65 en: 21 de Junio de 2011, 09:51:01 am »
Hola, podeis ver en el foro de la asignatura que el equipo docente responde que el que haya puesto un determinado recurso no tiene que suspender, solo exponer el por qué ha elegido ese recurso, es decir razonar.
Ahora bien los que aplicamos la nueva ley pero no pusimos nada, que solucion tiene?, solo me cabe pensar que se fijaran en lo restante del examen.
un saludo a todos

Desconectado quitin

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #66 en: 22 de Junio de 2011, 18:14:01 pm »
yo también he hecho el caso de la segunda semana. Yo puse recurso de revisión, por el código de leyes procesales del curso 2010-2011, como si el caso se ajustara a las leyes del nuevo código. Alguién mas en esta tesitura. En el foro de alumnos el departamento dice que si se ha razonado bien igual podría valer, aunque no sea lo exacto , pues habría que usar las leyes anteriores, etc.

Mi pregunta es: ¿Vale recurso de revisión, con el artículo 246, de las leyes procesales del curso 2010-2011. Si alguién lo ha visto así me daría ánimos. De la lectura de este hilo, hay tantas respuestas como colores.

Desconectado Machuca

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #67 en: 23 de Junio de 2011, 02:19:29 am »
Quitin, si lees los mensajes, hay varios compañeros que hemos puesto lo mismo que tú. pero por el mensaje del equipo docente en el foro, no hay que poner un recurso en concreto, lo i mportante es justificar lo que has puesto, por qué lo has hecho.