Pues eso compañeros, que mañana tenemos el examen, y si si, este año me ha pillado el toro bien pillado, y creo que voy a ser el coleccionista de calabazas, pues eso, todos es mirarme los apuntes pero no llego en condiciones al examen de mañana ni de broma, así que me surge la siguiente duda, con el Código de Leyes procesales es factible o más bien posible poder contestar a las preguntas de desarrollo apoyándote en los artículos a los cuales haga referencia lo preguntado (si me voy a volver loco buscando, lo se)

O mejor ni me presento?? Bufffffffff no se que hacer, porque el caso más o menos lo puedo sacar adelante, pero tengo miedo en la teoria.

Muchas gracias y suerte