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Autor Tema: SALVADOS Y GARZON  (Leído 2009 veces)

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Desconectado Javuko

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SALVADOS Y GARZON
« en: 26 de Febrero de 2012, 22:39:42 pm »
Aprobecho el gran programa que ha sido emitido hoy en la sexta sobre la justicias, que forma parte de los documentales de SALVADOS, gran documental que no deberiais de dudar en bajarlo ya que somos el futuro de las cuestiones que planteaban, pero a lo que iba aprobecho para dejar constancia en el foro de estudio de derecho, la indignacion que siento al ver lo que le ha pasado a Garzon. Y para los que esteia aburridos hableis sobre ello ya que para mi es un tema que me ha impactado muchisimo por la injusticia tan gran grande que ha habido dentro de la propia justicia.


Desconectado dangoro

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Re:SALVADOS Y GARZON
« Respuesta #1 en: 26 de Febrero de 2012, 22:46:53 pm »
Pues no me parece ninguna injusticia a mi. Pero para esto hay dos subforos, uno jurídico y otro político.

Desconectado Javuko

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Re:SALVADOS Y GARZON
« Respuesta #2 en: 26 de Febrero de 2012, 23:05:35 pm »
Ya veo por tu respuesta por que no te parece injusto, ya lo siento no volvera a pasar. Y gracias por decirme donde poder charlar sobre derecho.

Desconectado Ivy

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Re:SALVADOS Y GARZON
« Respuesta #3 en: 26 de Febrero de 2012, 23:51:44 pm »
Pues a mi me parece bien que quieras compartir tu opinion por aqui Javuko! No he podido ver el programa de Salvados hoy.. pero lo ocurrido con Garzón también me parece una injusticia, investigar no es delito!

Un saludo :)

Desconectado Juaniz

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Re:SALVADOS Y GARZON
« Respuesta #4 en: 27 de Febrero de 2012, 00:28:27 am »
Investigar no es delito, hacerlo con vulneración de la Ley sí, y eso es lo que han estimado por unanimidad los magistrados del Tribunal Supremo.

Desconectado simple22

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Re:SALVADOS Y GARZON
« Respuesta #5 en: 27 de Febrero de 2012, 09:48:50 am »
A ver: es muy sencillo.

1.   En 1997, el entonces juez, Gómez de Liaño investigaba el caso Sogecable.
2.   Tras muchas presiones mediáticas y otras cosas que no vienen a cuento, declaran Polanco y Cebrián.
3.   Polanco declara, pero no así Cebrián que presenta una recusación.
4.   Y la recusación la tiene que resolver Garzón.

Hasta aquí, un caso normal, que tendría que haberse resuelto con la aceptación o la desestimación de la recusación, pero Garzón hizo cosas muy raras e irracionales y convirtió un expediente de recusación en una acusación en toda regla. De la rareza de las actuaciones de Garzón en aquel expediente, no cumple que hablemos aquí. Se abrió un proceso por prevaricación y otros delitos, contra Garzón, Liaño y otros, donde los mayores delitos se imputaban a Liaño. El magistrado Joaquín Delgado del TS archivó esta causa, donde estaban imputados Antonio García Trevijano, Joaquín Navarro, magistrado y otros muchísimos que a juicio de Garzón, conspiraban contra Polanco.

No cumple hablar aquí de si ese auto de sobreseimiento era o no, cosa juzgada. Lo cierto es que tras este sobreseimiento, Polanco y Cebrián se querellaron por prevaricación contra Liaño. Se procesó a Liaño, se le juzgó, declararon muchos testigos de los cuales, significativamente, el único que declaró en contra, fue Garzón.

No cumple tampoco hablar de si la sentencia aquella fue justa o injusta, pero lo cierto es que aquella sentencia supuso un cambio considerable en la jurisprudencia del TS. El 15 de octubre de 1999 se condenó a Liaño por prevaricación. Y esa misma doctrina que sentó el TS fue la que se le aplicó primero a Calamita y, posteriormente, a Garzón.

Y esta doctrina se resume en los siguientes aspectos:

1.   Simplificación de los requisitos para condenar por prevaricación: ya no hace falta encontrar maletines, ni otros móviles especialmente odiosos, ahora basta con que la resolución sea injusta, desproporcionada e irracional, para que se revele como indiciariamente prevaricadora.
2.   Sentada la tipicidad, es al juez al que corresponde probar que esa conducta tipificada, estaba en este caso excepcionalmente justificada y, si por tanto, concurre alguna causa de justificación que sirva para exonerar al magistrado autor de dicha resolución.
3.   Y siendo así las cosas, al juez se le supone un mayor conocimiento de derecho que al común de los mortales. Por ello, si una resolución es injusta, irracional, etc. se supone que el juez es conocedor de esa antijuridicidad. Puede decirse, eso sí que la explicación de porqué prevarica conforme a esta jurisprudencia, puede parecer que se queda coja. No es así, ya que a falta de otros móviles, se considera, puesto que es la hipótesis menos desfavorable, que el que prevarica lo hace por afán justiciero, por querer imponer su “concepto romántico” de lo que es Justicia, por encima del que claramente se deduce de la ley y la ortodoxia jurisprudencial.
4.   En resumen: no se exige como antes, otros requisitos para condenar por prevaricación que los dos que exige el art. 446 CP.
5.   Y aparte, se olvida que hay un artículo del CP que sanciona al funcionario o juez que intercepte conversaciones con violación de las garantías constitucionales, así que me parece que, conforme a los arts. 446 y 536 y la jurisprudencia que viene manteniendo el TS sobre la prevaricación judicial desde el 15 de octubre de 1999, está bien condenado. Sobre todo si se tiene en cuenta que él, en cuanto que precursor de esta nueva jurisprudencia, en su calidad de acusador de Liaño, la conocía mejor que nadie y sabía mejor que nadie a qué se exponía, aplicando no la ley efectivamente promulgada, sino la que él tiene grabada en su corazoncito.

Por otra parte, llama la atención que para algunos la tele cinco basuras influya más en el análisis de un caso, que la lectura fría, reposada y sosegada de la jurisprudencia.
La madurez, el talento y la sabiduría no tienen ni edad, ni sexo, ni jerarquía.

Desconectado palangana

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Re:SALVADOS Y GARZON
« Respuesta #6 en: 27 de Febrero de 2012, 09:52:15 am »
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Pues no me parece ninguna injusticia a mi. Pero para esto hay dos subforos, uno jurídico y otro político.

En este subforo se pueden tratar aspectos políticos, sociológicos, filosóficos y, obviamente, jurídicos.
Se han llegado a tratar hasta infumables cuestiones morales, ...

Es al revés lo que no se puede. En el foro jurídico exclusivamente aspectos jurídicos.

Un saludo.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado cromwell

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Re:SALVADOS Y GARZON
« Respuesta #7 en: 28 de Febrero de 2012, 16:42:35 pm »
NO se ha producido ninguna injusticia. Ha habido tres demandas: una le ha condenado, otra había prescrito pero le indican que cometió el delito y, en la tercera, le han absuelto. Por lo tanto, la justicia ha actuado a su saber entender y ha tomado resoluciones diferentes para causas independientes, según los hechos acontecidos en cada una de ellas. Lo demás, pura política.
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