Esa es mi duda compañeros/as.
No tengo ni idea de cómo va eso, sólo conozco un juez que opositó siendo abogado en ejercicio con muchos años a su espalda sobre eso.
En el supuesto de que alguien opositase a la judicatura, tendrá que realizar años de prácticas con un juez titular, en caso contrario, ¿qué podemos esperar de una persona, licenciada o graduada que oposite directamente a la judicatura?
Si a pesar de sus muchos años de experiencia ha habido, los hay y los habrá que dan palos de ciego, ¿podemos confiar en una regeneración también en la judicatura, conforme a los principios recogidos en la Constitución, sin praxis previa? No voy por el debate político, sino por el jurídico.
Gracias y saludos