Hola a tod@s!!!
Necesitaria vuestra ayuda.
A una persona que han echado con un despido colectivo por cierre, como la empresa tenia dos sucursales bajo el mismo nombre y contabilidad, después de unos 4 meses, quieren volver a contratarlo por un ETT, en la otra sucursal que ha quedado abierta, pero sólo para 5 dias para realizar un trabajo en concreto.
La pregunta es como la indemnización que le dieron no es tributaria.... la duda salta ahora, ¿si acepta el trabajo, debe declarar a Hacienda la indemnización o no? ¿y es legal la contratación?
Gracias por vuestra atenderme
