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Autor Tema: Duda sobre cuestión prejudicial.  (Leído 1218 veces)

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Desconectado abogado M

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Duda sobre cuestión prejudicial.
« en: 08 de Diciembre de 2013, 11:39:50 am »
   Hola a todos:

   He estado rascando en el TFUE, en la LOPJ, LEC, etc. y no lo tengo claro. Tengo entendido que si una de las partes en litigio eleva una cuestión prejudicial al TJUE tiene que ir obligatoriamente a Luxemburgo a explicarles el tema a los chicos de la toga de allí, pero... ¿Si la cuestión prejudicial la eleva el órgano jurisdiccional también tienen que ir obligatoriamente alguna de las partes a Luxemburgo?

   En el famoso caso de las ejecuciones hipotecarias en el que el TJUE se pronunció sobre las cláusulas abusivas y sobre los procesos de deshaucio en España, me consta que el abogado de una de las partes fue a Luxemburgo a explicar lo canallas que son los bancos y el chiringuito legal tan indecente que les han montado sus peleles políticos aquí en España; por otro lado he leído en algunos sitios que la cuestión prejudicial la elevó el órgano jurisdiccional y en otros que lo hizo el abogado.

   A ver si sale algún listo-calixto empollón con gafotas que ilumine a este pobre ignorante.

Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado frede

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Re:Duda sobre cuestión prejudicial.
« Respuesta #1 en: 13 de Diciembre de 2013, 22:23:13 pm »
Hola abogadodemafioso,

Según tengo entendido la cuestión prejudicial es una cuestión entre jueces, es decir la tiene de plantear el Juez nacional ante el TJUE.

Las partes en el litigio pueden solicitar que el juez presente la cuestión prejudicial, pero el Juez no está obligado a presentarla a no ser que sea el Juez de última instancia, es decir, que contra su decisión no puede ser objeto de recurso.

Saludos,
"quotquotNon omne quod licet honestum est"quotquot

Desconectado abogado M

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Re:Duda sobre cuestión prejudicial.
« Respuesta #2 en: 14 de Diciembre de 2013, 09:06:13 am »
   Sí, eso lo sé, frede. Lo que pregunto es si en el caso de que la cuestión la eleve el órgano jurisdiccional y no una de las partes, alguien tiene que ir a luxemburgo para exponerla.

En el caso que menciono de los desahucios, me consta que el abogado del desahuciado tuvo que ir al TJUE, y en algunos sitios he leído que la cuestión se elevó por iniciativa del juez español y en otros que fue a instancia de parte.
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