Hola de nuevo:
Intentaré explicarme de la mejor manera posible, si no es así os agradecería que me dirigiérais, como tan bien sabéis hacer.
Un cliente Pepe vive en una Comunidad de Propietarios, tiene las cuotas al día, pero ha puesto un contador de la luz y otro de agua de un bajo del que es propietario, del que también tiene las cuotas al día, junto al resto de los contadores de la comunidad en la que vive y en la que está situado el bajo. Yo he leído la escritura y le da derecho a ello, pero los demás vecinos incitados por el presidente no estaban de acuerdo y consultaron a un abogado que como es normal pasó su minuta y les explicó que Pepe tiene derecho a conectar en donde lo hizo el contador de la luz y del agua.
Ahora el presidente de la comunidad, Juan, repartió entre los pisos el gasto del abogado, y yo desde mi punto de vista le diría que no pagase su parte, ya que salvo un idiota se denunciaría a sí mismo, pero tengo dudas en cuanto a las normas de funcionamiento de las Comunidades de Propietarios y orientarle mal.
Espero con ansia vuestra respuesta, ya que los temas que tengo últimamente son peliagudos para mí.
Gracias por ayudarme y saludos