Hola,
He mirado la normativa vigente, Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan
determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.,
y pone que la formación exigida para inscribirse en el Registro es, además de la titulación universitaria, un curso o varios de formación específica con un mínimo de de 100 h. lectivas.