Compañeros os voy a proponer una consulta a ver si podéis ayudarme;
Una propietaria de una vivienda con antigüedad de 28 años, que se encuentra en una difícil situación económica (desempleada), no puede hacer frente a los gastos de la comunidad de vecinos. El edificio dispone de portero al cual le corresponden 30 días de vacaciones, durante esos días se contrata a otra persona.
Esta propietaria se esta planteando si puede realizar la sustitución del portero durante esos días como pago de sus deudas de la comunidad, en especie o pik.
¿Qué me proponéis que podría hacer la propietaria?
Gracias.....
