Hola a todos
veo que habéis dado por buena la c) en la pregunta 5 del tipo B.
En mi opinión, es la d), puesto que el artículo 20 del CP dice:
Artículo 20
Están exentos de responsabilidad criminal:
1.º El que al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión.
[...]
5.º El que, en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber, siempre que concurran los siguientes requisitos:
Primero. Que el mal causado no sea mayor que el que se trate de evitar.
Segundo. Que la situación de necesidad no haya sido provocada intencionadamente por el sujeto.
Tercero. Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse.
6.º El que obre impulsado por miedo insuperable.
Así que los tres supuestos a), b) y c) están incluidos como causa de exculpación en el mismo artículo....
Me pregunto por qué no es la d), en consecuencia.
Gracias