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Autor Tema: Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)  (Leído 70467 veces)

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Desconectado josilon

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #300 en: 29 de Mayo de 2015, 13:18:20 pm »
En esa pregunta es diferente porque el bien, si está afectado a la actividad exenta.


Desconectado diatomeax

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #301 en: 29 de Mayo de 2015, 13:20:50 pm »
pero el utensilio no se dice que sea para destino médico sino de la actividad empresarial o profesional que si está sujeta a pesar de estar exenta..
panta rei

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #302 en: 29 de Mayo de 2015, 13:21:12 pm »
Lo que se debe entender del caso, es que lo de ser odontologo, es lo de menos, es una persona que lo destina a uso privado y por tanto, es una operación sujeta a iva y otra cosa el dpto de financiero si algo tiene es que son justos.

Desconectado diatomeax

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #303 en: 29 de Mayo de 2015, 13:26:42 pm »
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Lo que se debe entender del caso, es que lo de ser odontologo, es lo de menos, es una persona que lo destina a uso privado y por tanto, es una operación sujeta a iva y otra cosa el dpto de financiero si algo tiene es que son justos.

yo lo entiendo tal cual lo dices, utensilio para actividad empresarial o profesional, sujeta, pero exenta, el destino del utensilio es para finalidad propia respecto de la actividad empresarial no respecto de la profesión, que es la que en si misma estaría exenta. Espero que así lo entiendan, por que a mi parecer es clarísimo, y por lo que se pregunta es como bien dices por el autoconsumo no por el tipo de actividad vinculada a un supuesto de autoconsumo, a esperar y que a parte de justos, nos den alegrías a todos!! :)
panta rei

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #304 en: 29 de Mayo de 2015, 13:28:22 pm »
Por eso mismo diatomeax, son casos diferentes.

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #305 en: 29 de Mayo de 2015, 13:30:16 pm »
El examen ya está corregido, a las respuestas de los compañeros que van a ser esas,hay que sumar está. Saludos

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #306 en: 29 de Mayo de 2015, 13:33:05 pm »
y la segunda nadie la ha contestado?
panta rei

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #307 en: 29 de Mayo de 2015, 13:36:29 pm »
Yo he contestado la segunda. Se aplicaría el sistema de sectores diferenciados de actividad conforme al art. 9.1 (párrafo mil), si se cumplen todas las condiciones. En principio se cumplen solo quedaría saber si se da el hecho de que la actividad no sea accesoria una de otra.

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #308 en: 29 de Mayo de 2015, 13:41:46 pm »
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Yo he contestado la segunda. Se aplicaría el sistema de sectores diferenciados de actividad conforme al art. 9.1 (párrafo mil), si se cumplen todas las condiciones. En principio se cumplen solo quedaría saber si se da el hecho de que la actividad no sea accesoria una de otra.

En resumen, la contestación explícita y exacta después del razonamiento (9,1º) es que se usa el método del 101 no? gracias!
panta rei

Desconectado willagar

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #309 en: 29 de Mayo de 2015, 13:47:39 pm »
Sí, exacto. El método y su aplicación se explica en el 101.
Yo metí la pata en el arrendamiento de la plaza de garaje. Se que está sujeta pero abogué por la exención como una burra parda porque nunca me cuadró que no lo estuviese (se que está sujeta, insisto. A ver como me valoran la errónea argumentación).

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #310 en: 29 de Mayo de 2015, 13:50:51 pm »
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Sí, exacto. El método y su aplicación se explica en el 101.
Yo metí la pata en el arrendamiento de la plaza de garaje. Se que está sujeta pero abogué por la exención como una burra parda porque nunca me cuadró que no lo estuviese (se que está sujeta, insisto. A ver como me valoran la errónea argumentación).

Gracias!! Espero que tengas suerte. La argumentación creo que también la valoran no? Seguro que te va a ir bien  ;)
panta rei

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #311 en: 29 de Mayo de 2015, 13:53:25 pm »
hola, se ha repetido alguna pregunta?, para los que vamos a la segunda semana...

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #312 en: 29 de Mayo de 2015, 14:28:57 pm »
Un odontólogo destina a su uso personal un utensilio que había adquirido para su consulta privada. ¿Está realizando un autoconsumo sujeto al IVA?
- Respecto a la pregunta del 2013 que hablaba del médico que había VENDIDO una camilla de su consulta, se refería a una ENTREGA DE BIENES y preguntaba que si estaba EXENTA (nada tiene que ver con el supuesto planteado).
- La pregunta del autoconsumo del zapatero nada tiene que ver con el odontólogo, puesto que el zapatero no realiza actividades exentas.
Hay que partir de la base de que el odontólogo realiza operaciones exentas en virtud del art. 20.Uno.5º LIVA. Estas exenciones son "limitadas" porque no originan derecho a deducir el IVA soportado (art. 94. Uno.1ºa) LIVA).
Ahora bien, la pregunta del supuesto se refiere a que si autoconsumo (al que da por hecho) está SUJETO al IVA.
Puesto que el IVA no pudo ser deducido cuando el bien fue adquirido y, en consecuencia, ya quedo ingresado, no es necesario liquidarlo en el momento en que el bien se autoconsume.
La pregunta y la respuesta la he leído en unos apuntes que pululan por ahí, solo que hablaba de un médico en vez del dentista.
De ahí que le resulte aplicable el art. 7.7º: NO ESTARÁN SUJETAS al impuesto LOS AUTOCONSUMOS siempre que no se hubiese atribuido al sujeto pasivo el derecho a deducir el IVA soportado con ocasión de la adquisición de los bienes que sean objeto de dichas operaciones.

Desconectado unserapio

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #313 en: 29 de Mayo de 2015, 14:34:11 pm »
Yo puse en la 5 que estaba gravada por la cuota variable que sería el valor del préstamo. Supongo que eso será la cuota gradual aunque ciertamente no tengo ni idea...

Desconectado raincrou

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #314 en: 29 de Mayo de 2015, 14:50:20 pm »
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Esto es lo que he contestado yo, "sin perjuicio de que algunas estén mal".
1. Una SA que se dedica a la venta de libros ha adquirido un ordenador por un precio de 2.000 € para gestionar los pedidos. La sociedad ha vendido el ordenador a los dos años de comprarlo ¿Procede practicar en relación con ese ordenador la regularización de la deducción a que se refiere el art. 110 LIVA.
El ordenador no tiene la consideración de bien de inversión porque su valor es inferior a 3.000 €, por tanto el art. 110 no le resulta aplicable.

2. Una SA se dedica tanto al arrendamiento de viviendas como a lal venta de ordenadores, actividades que tienen asignados grupos diferentes en la clasificación nacie actaividades económicas ¿qué método deberá utilizar para determinar las cuotas de IVA deducibles?
He pasado de ella.

3. Un odontólogo destina a su uso personal un utensilio que había adquirido para su consulta privada. ¿Está realizando un autoconsumo sujeto al IVA?
Operación NO SUJETA a IVA  (art. 7.7º)
No estarán sujetas al impuesto: Las operaciones previstas en el artículo 9, número 1.º y en el artículo 12, números 1.º y 2.º de esta Ley (LOS AUTOCONSUMOS), siempre que no se hubiese atribuido al sujeto pasivo el derecho a efectuar la deducción total o parcial del Impuesto sobre el Valor Añadido efectivamente soportado con ocasión de la adquisición o importación de los bienes o de sus elementos componentes que sean objeto de dichas operaciones.

4. Un funcionario público arrienda una plaza de garaje que ha heredado ¿Está gravado por el IVA el arrendamiento?
Particular que se convierte en empresario o profesional en virtud del art. 5. Uno c) LIVA, operación SUJETA a IVA como prestación de servicios (art. 11.1.2º LIVA) y NO EXENTA de IVA de forma expresa por el art. 520.Uno.23b): La exención no comprenderá: a´) Los arrendamientos de terrenos para estacionamientos de vehículos.
En suma, la plaza de garaje, ESTÁ GRAVADO por el IVA.

5. Juan, profesor de un colegio público y residente en Madrid, ha vendido a un profesor amigo suyo que reside en Múnicun coche que compró hace dos meses. Juan se encarga del transporte del vihículo a Alemania. ¿Queda esta venta sujeta al IVA?. En caso de estar sujeta, es aplicable alguna exención?
Aquí me he extendido algo más, porque me sobraba tiempo.
El art 5.Uno d). reputa empresario o profesional a quienes realicen a título ocasional las entregas de medios de transporte nuevos exentas del Impuesto en virtud de lo dispuesto en el artículo 25, apartados uno y dos de esta Ley.
El art. 25. Uno declara exentas del impuesto las entregas intracomunitarias de bienes expedidos o transportados, por el vendedor, por el adquirente o por un tercero en nombre y por cuenta de cualquiera de los anteriores, al territorio de otro Estado miembro, siempre que el adquirente sea un empresario o profesional identificado a efectos del IVA en un Estado miembro distinto del Reino de España.
b) Una persona jurídica que no actúe como empresario o profesional, pero que esté identificada a efectos del Impuesto en un Estado miembro distinto del Reino de España.
El art 5. Dos. declara exentas las entregas de medios de transportes nuevos, cuando los adquirentes en destino sean las personas que no tengan la condición de empresario o profesional.
Conclusión, la entrega del coche es una operación EXENTA de tributación por el IVA.

6. Pedro ha recibido un préstamo de su hermano, documentándose la operación en una escritura pública ¿ Está gravada esta escritura por la cuota variable (gradual) del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados?
La constitución de un préstamo por un particular tiene la consideración de transmisión patrimonial SUJETA al ITP (art. 7.1. A) TRLITP) y exenta (art. 45.I.B).15 TRLITP). La sujección de la operación al ITP impide que no este sujeta al gravamen gradual, toda vez que dichas operaciones resultan incompatibles a tenor de los dispuesto por el art. 31.2 TRLITP.
En suma la escritura NO ESTARÁ GRAVADA por la cuota variable.

Practicamente calcado :) aunque el la 5, he puesto que no esta sujeta al iva segun art. 4 y si al itp, el sujeto pasivo es el comprador por lo que no se le puede exigir el pago del impuesto por estar en alemania(art 6 creo, de memoria).

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #315 en: 29 de Mayo de 2015, 15:23:41 pm »
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Yo la del odontólogo no la contesté, a simple vista la vi demasiado simple y pensé que podría tener trampa.

Conteste la 1 en la que hay que decir que el ordenador no se considera bien de inversión al no costar más de 3000€

En la 4 sí que está sujeta a IVA porque aunque sea un particular a efectos de IVA a los arrendadores se les considera empresarios o profesionales. Además también puse que no está exenta puesto que el garaje no se alquila conjuntamente con una vivienda.

Lo mismo hice yo

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #316 en: 29 de Mayo de 2015, 15:35:11 pm »
Por favor, ¿alguien recuerda si la tercera hoja, donde teníamos que responder tenía nuestro nombre? Me he dado cuenta que no puse mi nombre en ningún folio. Entre los nervios y el poco tiempo no leí ni lo que puse. :'( :'(

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #317 en: 29 de Mayo de 2015, 17:02:26 pm »
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Por favor, ¿alguien recuerda si la tercera hoja, donde teníamos que responder tenía nuestro nombre? Me he dado cuenta que no puse mi nombre en ningún folio. Entre los nervios y el poco tiempo no leí ni lo que puse. :'( :'(

Si tiene el nombre puesto, tranquilo.

Además aunque no hubieras puesto nombre, cuando te escanean el examen, tiene tu identificación, asi que tranquilo
Saludos Javier Moya, darbon11@gmail.com.
"quotquotEl mutuo interés es el mejor estímulo para la cooperación."quotquot

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #318 en: 29 de Mayo de 2015, 17:43:22 pm »
Menudo peso de encima nos hemos quitado!  :) Un examen bastante asequible... Hay que ser prudentes por si te corrige Tejerizo pero, creo que el mío está superado. Suerte a tod@s los de la segunda semana!!  8)
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Desconectado Phil Anselmo

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #319 en: 29 de Mayo de 2015, 17:59:04 pm »
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yo lo entiendo tal cual lo dices, utensilio para actividad empresarial o profesional, sujeta, pero exenta, el destino del utensilio es para finalidad propia respecto de la actividad empresarial no respecto de la profesión, que es la que en si misma estaría exenta. Espero que así lo entiendan, por que a mi parecer es clarísimo, y por lo que se pregunta es como bien dices por el autoconsumo no por el tipo de actividad vinculada a un supuesto de autoconsumo, a esperar y que a parte de justos, nos den alegrías a todos!! :)

Además, el artículo 7.7º LIVA, dice que no estarán sujetas, siempre que no se hubiese atribuido al sujeto pasivo el derecho a efectuar la deducción total o parcial del IVA efectivamente soportado con ocasión de la adquisición o importación de los bienes o de sus elementos componentes que sean objeto de dichas operaciones

Entiendo que el dentista, el día que compró el utensilio para su negocio, dedujo del iva de dicha compra en su declaración periódica del mismo...

Por lo tanto, es un autoconsumo como una casa
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