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Autor Tema: Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)  (Leído 75595 veces)

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Desconectado santiagohr2001

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #460 en: 12 de Junio de 2015, 10:49:39 am »
Voy a intentar explicar lo que entiendo del caso:
Lo primero para entender el sentido de este caso es determinar que es el supuesto pasivo: supuesto pasivo se define en el articulo 84.
Es la persona que soporta el impuesto, pero luego según articulo 88 repercuten el impuesto a quien realice la operación gravada, es decir le aplican el precio con el impuesto incluido , con ello han recaudado un dinero que entregan a la administración. Cuando no lo repercuten porque son ellos los que han soportado la repercusión pueden deducir las cuotas por el articulo 92.
Normalmente el sujeto pasivo, o sea el que soporta el impuesto y luego (si es empresario, por que es un impuesto que grava al consumidor final no profesional) lo repercute es el que presta el servicio o entrega el bien, según articulo 84 uno 1º, pero hay casos como el mencionado de la letra f, que no es el que realiza el servicio o entrega el bien sino el que lo recibe, por eso el que lo recibe en este caso el promotor es el sujeto pasivo, no le repercuten el iva porque el sujeto pasivo es él, es decir que debe facturarlo el promotor que recibe el bien.
Es similar a cuando el servicio se presta por una empresa no en TAI, se produce la inversión del sujeto pasivo.
Pero discrepo de que el promotor  ingrese el iva a Hacienda, porque es empresario que puede deducirlo.


Desconectado santiagohr2001

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #461 en: 12 de Junio de 2015, 10:51:35 am »
Esta es la explicacion que he encontrado:

¿Qué significa esto en la práctica? Que las empresas o profesionales que realizan ejecuciones de obra recogidas en el apartado f) anterior, deben emitir sus facturas SIN IVA, tanto si facturan al promotor, al contratista principal o subcontratistas de este último.

El destinatario de esta factura sin IVA se convierte en sujeto pasivo del impuesto, y se auto-repercutirá y se deducirá (si tiene derecho a ello) el IVA de la mencionada factura. Por su parte el emisor de la factura podrá seguir deduciéndose el IVA (si tiene derecho a ello) de las compras y/o adquisiciones de bienes y servicios.

¿Desde cuándo se aplica este cambio? La ley es clara al respecto: desde el día siguiente al de su publicación, es decir, se aplica ya a las facturas emitidas desde el 31 de octubre de 2012 (incluido).

Hay que aclarar que esta norma de inversión del sujeto pasivo en el IVA es para las ejecuciones de obra, no para la prestación de servicios. Por ejemplo, un arquitecto, ingeniero, … que facture al promotor de la obra deberá emitir sus facturas con el correspondiente IVA.

Desconectado pedro73

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #462 en: 12 de Junio de 2015, 11:09:10 am »
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Voy a intentar explicar lo que entiendo del caso:
Lo primero para entender el sentido de este caso es determinar que es el supuesto pasivo: supuesto pasivo se define en el articulo 84.
Es la persona que soporta el impuesto, pero luego según articulo 88 repercuten el impuesto a quien realice la operación gravada, es decir le aplican el precio con el impuesto incluido , con ello han recaudado un dinero que entregan a la administración. Cuando no lo repercuten porque son ellos los que han soportado la repercusión pueden deducir las cuotas por el articulo 92.
Normalmente el sujeto pasivo, o sea el que soporta el impuesto y luego (si es empresario, por que es un impuesto que grava al consumidor final no profesional) lo repercute es el que presta el servicio o entrega el bien, según articulo 84 uno 1º, pero hay casos como el mencionado de la letra f, que no es el que realiza el servicio o entrega el bien sino el que lo recibe, por eso el que lo recibe en este caso el promotor es el sujeto pasivo, no le repercuten el iva porque el sujeto pasivo es él, es decir que debe facturarlo el promotor que recibe el bien.
Es similar a cuando el servicio se presta por una empresa no en TAI, se produce la inversión del sujeto pasivo.
Pero discrepo de que el promotor  ingrese el iva a Hacienda, porque es empresario que puede deducirlo.


en un principio es el obligado al ingreso independientemente de la deducción, la deducción es posterior y puede ser positiva o negativa dependiendo del IVA que tenga repercutido y soportado, con lo cual puede tocarle a ingresar o quedar IVA  a favor de el que podrá posteriormente solicitar a la hacienda su devolución. De todas formas no es lo que pregunta el caso, solo hay que responder que el sujeto pasivo es el promotor y que el constructor no puede repercutirle el IVA, nada más.

Desconectado santiagohr2001

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #463 en: 12 de Junio de 2015, 11:19:52 am »
Que bien explicado, te pondria un nueve. A ver si a mi me llega para el cinco. ;)

Desconectado cipotegato

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #464 en: 12 de Junio de 2015, 11:35:38 am »
¿Alguien me puede explicar la diferencia en estas preguntas de examen, por favor?. Me estoy haciendo una empanada que... :-\

Un abogado establecido en Madrid presta servicios a un matrimonio residente en las
Islas Canarias en un caso de adopción. ¿Está sujeta esta prestación al IVA?
La operación descrita en la pregunta es una prestación de servicios sujeta al IVA. A esta
conclusión se llega utilizando los siguientes argumentos:
a) Nos encontramos ante una prestación de servicios realizada por un profesional residente
en el territorio de aplicación del impuesto (Madrid) que tiene como destinatario un matrimonio
que, por el objeto del servicio, es razonable pensar que no es un empresario o profesional que
actúe como tal. De acuerdo con la regla del artículo 69.Uno.2.º LIVA, la prestación de servicios
se entendería por lo tanto realizada en el territorio de aplicación del impuesto.
b) No se puede aplicar la excepción contenida en el artículo 69.Dos porque el destinatario
de los servicios reside en las Islas Canarias, y los servicios descritos son propios de la abogacía
[letra d) del precepto mencionado].

Un abogado residente en Madrid ha prestado los siguientes servicios:
a) Ha asesorado a dos sociedades situadas en las Islas Canarias en relación con la fusión realizada entre ambas.

a) No está sujeta, al no entenderse realizada en el territorio de aplicación del impuesto [art. 69.uno.1.º LIVA.

Parece contradictorio, ¿no?

Desconectado derechito_11

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #465 en: 12 de Junio de 2015, 11:38:33 am »
Si es a una sociedad, donde resida la sociedad, si es un particular al iva español.

Desconectado cipotegato

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #466 en: 12 de Junio de 2015, 11:41:19 am »
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Si es a una sociedad, donde resida la sociedad, si es un particular al iva español.

Perdona derechito, pero no te entiendo bien.Estoy realmente empanado

Desconectado cipotegato

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #467 en: 12 de Junio de 2015, 11:44:31 am »
Ah, de acuerdo: como en el primer supuesto no es una sociedad, el IVA es del abogado.
En cambio en el 2º supuesto, al tratarse de una sociedad, el IVA es de la sociedad, pero como está en Canarias, no se aplica el impuesto.

¿Es así?

Desconectado derechito_11

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #468 en: 12 de Junio de 2015, 11:45:27 am »
Empresa española trabajando para particular fuera de españa sujeto a iva.
Empresa española trabajando para empresa fuera de españa, sujeta al iva de la empresa extranjera.

Desconectado alguacila

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #469 en: 12 de Junio de 2015, 11:49:34 am »
cipotegato si echas hacia atrás en el foro hay muchos compañeros que lo han explicado y casos sobre ello.

derechito después he visto que habia preguntado lo mismo que tu, sobre la inversión del Iva, aunque complicado ahora me ha quedado bastante claro. Gracias a los compañeros. :-*

Desconectado cipotegato

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #470 en: 12 de Junio de 2015, 11:51:30 am »
Gracias a los dos. Los nervios, ainch ::)

Desconectado pedro73

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #471 en: 12 de Junio de 2015, 12:28:03 pm »
alguien sabe cual es el art del reglamento del IVA donde se establecen los requisitos para poder renunciar a la exención de los 20.1.20,21 y 22 igual no cae pero quien sabe!!

Desconectado Pravias

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #472 en: 12 de Junio de 2015, 12:32:19 pm »
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Desconectado derechito_11

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #473 en: 12 de Junio de 2015, 12:32:20 pm »
Esta en el 20.28.dos de la ley

Desconectado pedro73

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #474 en: 12 de Junio de 2015, 12:38:10 pm »
no, me refiero a los requisitos de qeu la renuncia ha de ser individualizada, anterior o simultánea a la operación y el adquiriente con deducción total

Desconectado pedro73

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #475 en: 12 de Junio de 2015, 13:13:54 pm »
gracias pravias, ya lo encontré es el art 8 del reglamento del IVA

Suerte a todos

Desconectado santiagohr2001

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #476 en: 12 de Junio de 2015, 13:28:36 pm »
Bueno aqui lo dejo, a comer y a por el último examen. Venga suerte y que no nos puedan los nerviso.

Desconectado fr128

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #477 en: 12 de Junio de 2015, 17:35:46 pm »
Por fin terminé , me ha parecido en la linea de la primera semana .
Comentamos los resultados?

Desconectado derechito_11

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #478 en: 12 de Junio de 2015, 17:44:14 pm »
Yo no se si la he cagado en alguna, me he dejado la última que no se ni a que coño se refería.

Desconectado fr128

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2014 / 2015)
« Respuesta #479 en: 12 de Junio de 2015, 17:48:11 pm »
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Yo no se si la he cagado en alguna, me he dejado la última que no se ni a que coño se refería.
la ultima es que no por que no se declaran las fracciones menores a un año art 107.4.3º ley haciendas locales