Modelos teóricos que ha dado lugar la crisis del positivismo.
1. las doctrinas del razonamiento aporético.
a) la tópica jurídica. Modo de pensar deliberativo que analiza los diferentes componentes y perspectivas del problema y busca la solución aceptada por todos los implicados en el debate. Se busca el peso del argumento.
b) La nueva retórica. Ocurre en la praxis judicial. Argumentación retórica de abogados y jueces con el fin de lograr la aceptación de litigantes, tribunales superiores, profesionales del derecho, y opinión pública.
c) La teoría de la argumentación. Quienes intervienen en una controversia intentan persuadir a sus oponentes, pero a su vez están dispuestos a dejarse convencer por éstos si su razón es más plausible.
2. lógica de lo razonable. Las leyes no prevén todos los problemas jurídicos. Por ello, los juristas necesitan buscar la solución más razonable dentro de las distintas alegaciones, intereses y puntos de vista contrapuestos.
3. la hermenéutica. La interpretación jurídica se orienta a adoptar unas decisiones prácticas por parte de unos sujetos muy concretos. Para ello es importante una lectura contextual del derecho en un momento determinado.
4. el neoiusnaturalismo. Tras la segunda guerra mundial, se rechaza al positivismo y muchos autores quieren volver a la clásica doctrina iusnaturalista. Subordinación de la ley del Estado a unos valores y principios superiores, pero renovado.
5. teoría de la racionalidad dialógica. Posibilidad general de construir argumentaciones racionales acerca de lo bueno y lo justo material dentro de la comunidad, en el marco de una situación dialógica racional.