;

Autor Tema: Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)  (Leído 134037 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado monitorio

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 845
  • Registro: 27/09/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #980 en: 09 de Junio de 2015, 18:34:19 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Los beneficiarios del subsidio temporal a favor de familiares son:

  Los hijos y hermanos mayores de 21 años, solteros o viudos, separados judicialmente o divorciados.
  Los hermanos mayores de 22 años, solteros o viudos, separados judicialmente o divorciados.
  Los hijos y hermanos mayores de 22 años, solteros o viudos, separados judicialmente o divorciados.

Es esta? lo digo por tenerlo claro y modificar la plantilla

---------

no no es esta...

es otra que era literal a como la han puesto hoy.....literal..

estaba en el recopilatorio de 167 preguntas, de trabajo social


Desconectado TGM

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 127
  • Registro: 18/11/10
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #981 en: 09 de Junio de 2015, 18:35:39 pm »
A ver, con respecto a la 15. Yo creo que  está MAL redactada.
En ningún momento pone el "pequeño detalle" de la palabra MENOS de . Es decir, parecería que al momento del fallecimiento del progenitor el huérfano ha de tener esos años sí o sí. Y eso, obviamente no puede ser.
Creo.

Desconectado pasteles

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 544
  • Registro: 31/05/10
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #982 en: 09 de Junio de 2015, 18:37:28 pm »
Sobre la pregunta 15 es la A. No sé cual dieron por buena, pero desde luego la normativa es clara:

Beneficiarios de la pensión de orfandad son cada uno de los hijos del causante, cualquiera que sea la naturaleza legal de su filiación, y los hijos del cónyuge sobreviviente aportados al matrimonio, siempre que éste se hubiera celebrado 2 años antes del fallecimiento del causante, hubiera convivido a sus expensas y, además, no tenga derecho a otra pensión de la Seguridad Social, ni queden familiares con obligación y posibilidad de prestarles alimentos, según la legislación civil. En la fecha del fallecimiento del causante los hijos deben ser: Con carácter general, menores de 21 años o mayores que tengan reducida su capacidad de trabajo en un porcentaje valorado en grado de IPA o GI (aplicable desde 2 agosto 2011). Si se trata de orfandad absoluta, la edad se amplía a los 25 años, siempre que no realice un trabajo lucrativo por cuenta ajena o propia o cuando, realizándolo, los ingresos que obtenga resulten inferiores, en cómputo anual, a la cuantía vigente del SMI que se fije en cada momento, también en cómputo anual

Desconectado RAQCAR

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 515
  • Registro: 03/09/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #983 en: 09 de Junio de 2015, 18:37:50 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Pues si esta es la plantilla me quedo con un 4.25 q coraje! No lo he visto muy difícil pero no he querido arriesgar y debería ...
suerte a todos

Yo estoy en vilo, iba a por el 5 y no quería arriesgar, la estrategia era contestar 10-11. Al principio he marcado las 11 que creía estar segura, luego tenía  4  con duda aunque casi certeza, y por no arriesgar solo he hecho 1 más, en total 12. Ahora estoy con la duda si al final la he marcado o no en la plantilla y dependo de esa para aprobar. De las 11 primeras una estaba mal y yo tan segura  :'(  y voy y dejo las otras sin contestar y están bien  :'( esperemos que finalmente haya marcado las 12 que pienso sino me quedo en 4,75  :'( al final como dices por no arriesgar....

Desconectado monitorio

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 845
  • Registro: 27/09/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #984 en: 09 de Junio de 2015, 18:38:16 pm »
totalmente deacuerdo....esta mal redactada...

eso pense ayer cuando estaba haciendo los test interactivos de dangoro..... por eso no se me olvido cuando la vi hoy

no entro en si es mas correcto 18 o 21...yo ayer conteste 18 en el ensayo de los test....pero al corregir....pense...bueno pues la habran corregido asi....


Desconectado jirafilla

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 402
  • Registro: 20/07/09
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #985 en: 09 de Junio de 2015, 18:38:53 pm »
una menos, suerte a todos¡¡¡

Desconectado victoriasoy

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2404
  • Registro: 03/07/11
  • Ius est ars boni et aequi
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #986 en: 09 de Junio de 2015, 18:39:19 pm »
No está en el recopilatorio, o al menos yo no lo he visto (y lo he hecho como 60 veces). Esa pregunta cayó en el examen de ayer (que muchos habéis visto) y es literal. También se discutió mucho.

La barrera mas grande del éxito es el miedo a la derrota. - Sven Goran

Desconectado monitorio

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 845
  • Registro: 27/09/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #987 en: 09 de Junio de 2015, 18:39:46 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Sobre la pregunta 15 es la A. No sé cual dieron por buena, pero desde luego la normativa es clara:

Beneficiarios de la pensión de orfandad son cada uno de los hijos del causante, cualquiera que sea la naturaleza legal de su filiación, y los hijos del cónyuge sobreviviente aportados al matrimonio, siempre que éste se hubiera celebrado 2 años antes del fallecimiento del causante, hubiera convivido a sus expensas y, además, no tenga derecho a otra pensión de la Seguridad Social, ni queden familiares con obligación y posibilidad de prestarles alimentos, según la legislación civil. En la fecha del fallecimiento del causante los hijos deben ser: Con carácter general, menores de 21 años o mayores que tengan reducida su capacidad de trabajo en un porcentaje valorado en grado de IPA o GI (aplicable desde 2 agosto 2011). Si se trata de orfandad absoluta, la edad se amplía a los 25 años, siempre que no realice un trabajo lucrativo por cuenta ajena o propia o cuando, realizándolo, los ingresos que obtenga resulten inferiores, en cómputo anual, a la cuantía vigente del SMI que se fije en cada momento, también en cómputo anual
---

contestame....

dice que menores de 21....y mayores de 21...lo demas...

ahora bien...los de 21 ...en que conjunto lo metemos....

yo creo que en el mismo que 18....... osea  de 21  o menos....

Desconectado mdondos1

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 20
  • Registro: 16/10/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #988 en: 09 de Junio de 2015, 18:40:28 pm »
a mi me pasa lo mismo...por los test de los ensayos...de todas formas sí que está mal redactada porque no es obligatorio que tengas 18 años, sino que puedes tener menos también, es que la pregunta parece de carácter restrictivo...

Desconectado bonabi

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 205
  • Registro: 07/11/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #989 en: 09 de Junio de 2015, 18:43:48 pm »
Pues a esperar la respuesta del ED sobre esa pregunta, pero yo creo que podría ser motivo de anulación.
No me quejo pero si a alguien le da para aprobar, espero que la anulen.

Desconectado monitorio

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 845
  • Registro: 27/09/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #990 en: 09 de Junio de 2015, 18:44:13 pm »
 uy .....tienes razon victoria......es dangoro no esta...

pues seria el examen de ayer..... lo que se es que vamos ayer la hice......

ahora claro que las correcciones de ayer eran subjetivas de cada uno de nosotros....

no se.....alomejor no son 21....yo desde luego ayer conteste 18........

pero como dije antes ... el mismo argumento seria para 18 que para 21...dado que la prestacion....se concece hasta los 21 inclusive

Desconectado monitorio

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 845
  • Registro: 27/09/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #991 en: 09 de Junio de 2015, 18:45:34 pm »
me piro a mercantil.....ya he dedicado demasiado a esta ...............mi de asignatura...

suerte

Desconectado kko21

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 2986
  • Registro: 02/09/10
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #992 en: 09 de Junio de 2015, 18:46:07 pm »
Yo empecé a cobrar la orfandad de mi madre a los 18 años, por eso contesté con carácter general la 15 A- 18 años.

Aunque entendería y vería bien que anulasen alguna y que le dan por buena a tod@s.

Desconectado RAQCAR

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 515
  • Registro: 03/09/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #993 en: 09 de Junio de 2015, 18:46:11 pm »
Yo esa la tenía dudosa, al no coincidir las opiniones sobre ella estos días, no la he contestado. Sabéis como puntúan si anulan alguna??? En Mercantil II se como va pero aquí ni idea. Qué han hecho otras veces? afecta a todos o solo a los anulados? y como recalifican las puntuaciones???

Desconectado TGM

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 127
  • Registro: 18/11/10
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #994 en: 09 de Junio de 2015, 18:46:16 pm »
No quiero repetirme porque si vosotros no lo veis así (está mal redactada y es anulable) a lo mejor estoy en un error.
Pero si pone: 18 ó 21 ó 25. Y no pone "menos de", ¿qué pasa, que si el hijo tiene 16 no tiene derecho a pensión de orfandad?

Desconectado Jukime

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 21
  • Registro: 01/09/10
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #995 en: 09 de Junio de 2015, 18:47:21 pm »
Como regla general la orfendad es hasta loa 21 y la absoluta a los 25. No obstante, en el libro unas líneas más abajo dice q a partir 1 de enero de 2014 la orfandad simple (de un solo progenitor) sera de 25 años.
Yo intiendo que orfandad es simple o absoluta, creo que no hay más, por lo tanto, la general con esta modificación deberia ser a los 25.
Esta ha sido mi duda, he contestado 25 por este motivo, teniendo claro lo de los 21. No se, en mi opinión con esa modificación no queda claro

Desconectado mdondos1

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 20
  • Registro: 16/10/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #996 en: 09 de Junio de 2015, 18:48:06 pm »
madre mía...osea que ya dudamos sobre las 3 respuestas....

Desconectado bonabi

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 205
  • Registro: 07/11/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #997 en: 09 de Junio de 2015, 18:49:31 pm »
q la anulen y por buena a todos :D :D :D :D :D

Desconectado victoriasoy

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2404
  • Registro: 03/07/11
  • Ius est ars boni et aequi
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #998 en: 09 de Junio de 2015, 18:50:03 pm »
Es pregunta, tal y como está redactada, conduce a error.

Unos la hemos interpretado de una manera y otros de otra y todos tenemos razón.

A ver qué dice el equipo docente, porque opino como vosotros, deberían anularla.
La barrera mas grande del éxito es el miedo a la derrota. - Sven Goran

Desconectado Jukime

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 21
  • Registro: 01/09/10
Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #999 en: 09 de Junio de 2015, 18:51:40 pm »
Creo que se debería impugnar por estos motivos, alguien sabe como se hace?