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Autor Tema: Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)  (Leído 35702 veces)

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Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #140 en: 24 de Agosto de 2015, 18:00:50 pm »
A ver, por subir el hilo que está un poco muerto, atención, pregunta:

En un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, el periodo de prueba:

a) Puede tener una duración máxima de 1 año, aunque puede ser menor si así lo pactan las partes

b) No es necesario que se pacte por escrito

c) Tiene una duración máxima de 1 año, sin posibilidad de que las partes puedan modifidarlo


No, es una pregunta de examen, así que no la busquéis.  ;) ;)

Saludos

P.S.: Está muy bien eso de que la gente pregunte sus dudas, que los compañeros pierdan su tiempo en responderlas, y que los que han preguntado desparezcan como fantasmas sin que el que se las respondió sepa si les ha resuelto la duda o es que simplemente son unos maleducados. Y sí, me refiero a Forever Alone y a Macarena, para que no queden dudas.    ::) ::) :P :P


Desconectado hidrosun

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #141 en: 24 de Agosto de 2015, 18:39:18 pm »


 Hola Pedro,muy buena pregunta de test yo diría que es la c porque  la duración de la prueba en todo caso es un año.Lo que me escama es el tema de las horas complementarias,me imagino que el equipo docente al formular una pregunta de test concretará si son voluntarias o pactadas no?Muchas gracias a ver si la gente se anima ....

Desconectado estefaniad01

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #142 en: 24 de Agosto de 2015, 19:14:55 pm »
Estoy de acuerdo, creo que es la C. La B esta mas que descartada. En este caso creo que no se puede pactar.
Recta final

Desconectado mnieves

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #143 en: 24 de Agosto de 2015, 21:08:38 pm »
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Estoy de acuerdo, creo que es la C. La B esta mas que descartada. En este caso creo que no se puede pactar.

Efectivamente ha de ser la c); es derecho necesario absoluto, esto ha sido ratificado por la STC de 16 de julio de 2014, por lo que queda excluido de la negociación colectiva, eso es lo que quiere decir "en todo caso", para que no pueda frustar el objetivo de crear empleo estable.

¡¡Suerte!!

Desconectado hidrosun

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #144 en: 24 de Agosto de 2015, 22:16:00 pm »
Hola alguien me puede confirmar si en la indemnización por movilidad geográfica es de 20 día/año con máximo 9 meses o es 12? Gracias

Desconectado mnieves

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #145 en: 24 de Agosto de 2015, 22:45:16 pm »
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Hola alguien me puede confirmar si en la indemnización por movilidad geográfica es de 20 día/año con máximo 9 meses o es 12? Gracias

Estaba con ella hidrosun

Efectivamente, conforme al art. 40 ET en la fecha de la nueva edición ya se recogía en ese precepto la indemnización con un máximo de 12 mensualidades, pero en el manual sigue indicando 9; lo supongo un error, y difícil de corregir si en tipo test cayese algo así; lo tengo en los apuntes, un total de 12 y entre paréntesis que en el manual se recogen 9, pero no sé cómo se hará en un supuesto tipo test, máxime si recogen esos dos números.  :-\

Desconectado mnieves

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #146 en: 24 de Agosto de 2015, 23:05:42 pm »
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Estaba con ella hidrosun

Efectivamente, conforme al art. 40 ET en la fecha de la nueva edición ya se recogía en ese precepto la indemnización con un máximo de 12 mensualidades, pero en el manual sigue indicando 9; lo supongo un error, y difícil de corregir si en tipo test cayese algo así; lo tengo en los apuntes, un total de 12 y entre paréntesis que en el manual se recogen 9, pero no sé cómo se hará en un supuesto tipo test, máxime si recogen esos dos números.  :-\

Me edito aquí, pues es una errata clara del manual, ya que en el punto 5.5 respecto a la opción de la extinción indemnizada sí que recoge el máximo de doce mensualidades, con lo cual no creo que haya problema en una supuesta pregunta test, creo.  ???

Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #147 en: 25 de Agosto de 2015, 08:10:07 am »
En efecto, es la C. ¿Y si se hubiera formulado así?

En un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, el periodo de prueba:

a) Tiene una duración máxima de 1 año

b) No es necesario que se pacte por escrito

c) Sólo existe si las partes lo pactan


Saludos

Desconectado hidrosun

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #148 en: 25 de Agosto de 2015, 15:38:57 pm »
Ok Muchas gracias Mnieves...

Desconectado mnieves

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #149 en: 25 de Agosto de 2015, 21:42:38 pm »
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Ok Muchas gracias Mnieves...

De nada.

Creo que esa respuesta anterior es la c); es derecho necesario absoluto, si bien se rige por las mismas reglas que las del art. 14 respecto al periodo de prueba, y éste ha de ser escrito, aunque el contrato indefinido del que hablamos también ha de ser por escrito, debe de recoger el tiempo del periodo de prueba, creo.

No tiene duración máxima ni mínima, un sólo plazo, un año, descartada la a)

Es necesario que se pacte por escrito, así lo recoge el art. 14 CE, el precepto dedicado al contrato no recoge que no lo sea, con lo cual tenemos que irnos al 14.

Desconectado mnieves

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #150 en: 25 de Agosto de 2015, 21:44:48 pm »
jejjeje, lo siento, art. 14 ET,

Desconectado Serema

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #151 en: 26 de Agosto de 2015, 00:24:42 am »
Buenas
Sabe alguien en que página del libro aparece la huelga y la palabra infraconstitucionalidad, no paro de buscarla y nada, también las garantías de los( vocales)
Gracias :P

Desconectado mnieves

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #152 en: 26 de Agosto de 2015, 00:42:20 am »
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Buenas
Sabe alguien en que página del libro aparece la huelga y la palabra infraconstitucionalidad, no paro de buscarla y nada, también las garantías de los( vocales)
Gracias :P

Hola

No viene como tal esa palabra en el nuevo manual, pero al ser del año 77 es anterior a la Constitución, de ahí la palabreja, "infra" es debajo, "supra" arriba, por sinónimos anterior/superior.

Supongo que estás mirando preguntas de licenciatura, no viene como tal en el manual de Grado, sino que recoge en conjunto las "Garantías de los representantes de los trabajadores", páginas 840 y siguientes.

Saludos y suerte

P.D. Me voy un rato con Penal, tengo la cabeza atiborrada de Derecho del Trabajo, me estoy embotando.

Desconectado mnieves

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #153 en: 26 de Agosto de 2015, 00:44:06 am »
otro sinónimo que le va mejor, "posterior",  ;)

Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #154 en: 27 de Agosto de 2015, 19:08:31 pm »
Pregunta de Febrero de 2015 de licenciatura:

La reserva de puesto de trabajo en la excedencia por cuidado de hijo menor de tres años se aplica al:

a)       Primer año de excedencia.
b)       Los dos años de excedencia.
c)        Los tres años de excedencia.


La respuesta que se ofrece como válida en los test interactivos es la A, pero yo entiendo que es la C. No es lo mismo "la reserva de puesto de trabajo", que "la reserva de SU puesto de trabajo".

Reconozco que la cuestión es un poco peliagua sabiendo cómo se las gastan en la UNED con los test, pero a mí me parece claro que es la C. De todas formas, ¿alguien sabe las respuestas oficiales del Dpto. para los exámenes de licenciatura de Febrero de 2015? Con esa información sabríamos la postura del departamento en esta pregunta.

Saludos

Desconectado monitorio

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #155 en: 29 de Agosto de 2015, 08:42:53 am »
buenas alguien sabe si dejan llevar el programa de la asignatura al examen.?

por otra parte me vendría muy bien tener el índice del libro con sus subepigrafes más que nada para repasar por encima .

si alguien lo tuviera o  supiera dónde puedo conseguirlo

gracias

Desconectado miladelaprida

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #156 en: 29 de Agosto de 2015, 08:54:03 am »
No dejan llevar el programa. Saludos y mucha suerte

Desconectado Forever_Alone

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #157 en: 29 de Agosto de 2015, 15:51:53 pm »
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A ver, por subir el hilo que está un poco muerto, atención, pregunta:

En un contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, el periodo de prueba:

a) Puede tener una duración máxima de 1 año, aunque puede ser menor si así lo pactan las partes

b) No es necesario que se pacte por escrito

c) Tiene una duración máxima de 1 año, sin posibilidad de que las partes puedan modifidarlo


No, es una pregunta de examen, así que no la busquéis.  ;) ;)

Saludos

P.S.: Está muy bien eso de que la gente pregunte sus dudas, que los compañeros pierdan su tiempo en responderlas, y que los que han preguntado desparezcan como fantasmas sin que el que se las respondió sepa si les ha resuelto la duda o es que simplemente son unos maleducados. Y sí, me refiero a Forever Alone y a Macarena, para que no queden dudas.    ::) ::) :P :P

En mi intervención ya puse por adelantado mi agradecimiento a la persona/s que respondiesen a mis dudas, previendo que por circunstancias que no vienen al caso, no pudiese agradecer, en un tiempo razonable, de forma expresa e individual a la persona que respondiese. Aun así, vuelvo a reiterar mi agradecimiento a Pedro G., en este caso de forma concreta, y a su vez confirmar que sí me quedó más claro el tema de la concurrencia de los convenios colectivos
"quotquotLa perseverancia y el ánimo han logrado en todas las épocas gestas asombrosas"quotquot. G. Washington

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #158 en: 29 de Agosto de 2015, 18:32:53 pm »
Esa excedencia está recogida en el art. 46, y en el mismo se recoge que tendrá derecho de reserva durante el primer año a su puesto de trabajo y durante el resto a otro de igual grupo profesional o categoría equivalente, art. 46.3 párrafo quinto.

Salvo las excepciones de familia numerosa de uno u otro grupo en los que cambia el plazo de reserva; pero es letra pequeña y no es cuestión de marear al personal.

La única respuesta correcta sería la a) primer año de excedencia

Desconectado Pedro G.

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Re:Hilo Oficial Derecho del Trabajo Septiembre (2014 / 2015)
« Respuesta #159 en: 30 de Agosto de 2015, 11:10:56 am »
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En mi intervención ya puse por adelantado mi agradecimiento a la persona/s que respondiesen a mis dudas, previendo que por circunstancias que no vienen al caso, no pudiese agradecer, en un tiempo razonable, de forma expresa e individual a la persona que respondiese. Aun así, vuelvo a reiterar mi agradecimiento a Pedro G., en este caso de forma concreta, y a su vez confirmar que sí me quedó más claro el tema de la concurrencia de los convenios colectivos

No recuerdo haberte reprochado que no me lo agradecieras, pero de nada, a pesar de la retranca.  ::)

Y si escribí lo que escribí es porque, casualmente, poco después de responderte, te vi un par de veces por el foro. Y sí, a mí me molesta enormemente que cuando respondo a una duda, mi interlocutor no me conteste si se la he resuelto o no, o si está o no de acuerdo, en definitiva, que no exista feedback, aunque sólo sea por educación. Los agradecimientos explícitos no me interesan y los doy por hecho, además de que me dan cierto pudor.

Saludos