Cuando pones el ejemplo de la piscina ya lo dices todo. Eso es una prestación de un servicio. El aprovechamiento especial es la oportunidad de que alguien aproveche un determinado espacio para algo, por ejemplo, un trozo de una plaza en una ciudad para montar un quiosco. Eso no puede ofrecertelo el sector privado. Si tú quieres aprovechar el dominio público solo puedes acudir a la administración pública.
Entiendo lo que dices, de hecho tuve mis dudas en el examen respecto a lo que apuntas. Pero fue la formulación de la pregunta lo que me hizo decantarme por esa línea argumentativa, la de precio público.
Una cosa, ¿todo lo relativo a la tasa en relación con la ocupación del dominio público (tasas por vados, ocupación de terrazas, etc...) viene en el mismo tema 14 del temario? Lo pregunto porque yo he estudiado la asignatura por apuntes y todo lo relativo a esa parte específica de las Tasas (vados, etc...) creo recordar que pertenecía al último bloque del temario. En el Tema 14, en mis apuntes, concepto de tasa, precio públicos, diferencias entre ambas figuras, influencia del p. de reserva de ley, etc... Pero nada de esa parte específica del aprovechamiento del dominio público.
Digo esto por el esquema de examen que se anticipa en la Guía: 3 preguntas de los bloques 1 y 2; 1 pregunta del bloque 3; y 2 preguntas del bloque 4.
Si la respuesta a la pregunta en cuestión gira en torno al precio público, eso la ubicaría dentro de los bloques 1y 2 y ya tendríamos las 3 preguntas de esos dos bloques. Pero si la respuesta a esa pregunta gira en torno a la parte específica del aprovechamiento del dominio público, si mis apuntes no mienten o mi memoria no me falla, esa parte del temario corresponde al bloque 4 y por tanto no se cumpliría el esquema de reparto de preguntas advertido en la Guía.
No me hagáis mucho caso, porque ya digo que al no tener el libro no puedo verificarlo, pero tal vez vayan por ahí los tiros.