Ojo!! examen f 2013 la 25 es la b)
Ese sistema de control «a priori» de las excepciones desapareció en el Derecho comunitario cuando a partir del 1 de mayo de 2004 entró en vigor el nuevo Reglamento núm. 1/2003, del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, que en su artículo 1.2 establece lo siguiente: «los acuerdos, decisiones y prácticas concertadas contemplados en el apartado 1 del artículo 81 del Tratado que reúnan las condiciones del apartado 3 de dicho artículo no están prohibidos, sin que sea necesaria decisión previa alguna a tal efecto». Y también ha sido suprimido ese control a priori en la LDC del año 2007 según dispone el artículo 1, apartado 3.