Yo lo vi demasiado largo, me faltó tiempo para terminar. La primera un pequeño resumen, comentando cada instancia. La segunda y tercera lo que viene en el Reglamento y la cuarta un poco de principio lex fori regit procesum, y que las sentencias no podrán tener más efectos que las de la legislación interna, enlazando un poco con el principio de seguridad jurídica del art. 24 CE. La última pregunta la hice demasiado rápido, así que a esperar a ver qué tal se portan.