Dada la situación es poco popular hablar de porque no firmar un pacto llamado antiyihadista. La cosa es que no es que se vayan a sentar ahora a negociar sobre que debe consta en ese pacto, sino que ese pacto ya se firmó en febrero.
Recogido en el capítulo VII del Código Penal, el documento se divide en dos secciones: "De las organizaciones y grupos terroristas", que mantiene la estructura vigente, y "De los delitos de terrorismo", que van del 573 al 580, aquellos que persiguen las nuevas amenazas que encarna el yihadismo.
El 573 bis establece la pena que corresponde a cada delito de terrorismo y menciona que si se causa la muerte de una persona se aplicará la "máxima pena privativa de libertad" prevista en el Código Penal, que con la futura regulación que aprobarán próximamente los populares será la prisión permanente revisable.
Respecto al 574, se tipifican todas aquellas conductas relacionadas con las armas y explosivos, con una agravación de las penas de hasta 20 años cuando se traten de armas, sustancias o aparatos nucleares, radiológicos, químicos o biológicos.
El 575 tipifica el adiestramiento pasivo a través de Internet con penas que oscilan entre los dos y cinco años para los que consulten de manera habitual páginas web yihadistas con la finalidad de integrarse o colaborar con grupos terroristas o perseguir sus fines.
También se impondrá la misma pena a los combatientes terroristas extranjeros, es decir, los que se desplacen a otros países para cometer atentados, como es el caso en la actualidad de Siria e Irak.
El 576 establece penas de cinco a diez años para las conductas relacionadas con la financiación del terrorismo, mientras que el 577 sanciona las formas de colaboración con grupos terroristas y agrava las penas en los casos de captación de menores.
En los artículos 578 y 579 se castiga el enaltecimiento o justificación públicos del terrorismo, los actos de descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas, así como la difusión de mensajes o consignas para incitar a otros a la comisión de delitos de terrorismo.
Hasta ahí todo correcto. Uno puede asumir esas partes. Yo a título personal no apruebo la cadena perpetua revisable, pero en fñin que quién se puede negar a esos puntos.
El problema es cuando pasamos a leer la definición de terrorismo de ese pacto.
Artículo 573
1. Se considerarán delito de terrorismo la comisión de cualquier delito grave contra la vida o la integridad física, la libertad, la integridad moral, la libertad e indemnidad sexuales, el patrimonio, los recursos naturales o el medio ambiente, la salud pública, de riesgo catastrófico, incendio, contra la Corona, de atentado y tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos, previstos en el presente Código, y el apoderamiento de aeronaves, buques u otros medios de transporte colectivo o de mercancías, cuando se llevaran a cabo con cualquiera de las siguientes finalidades:
1.ª Subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del Estado, u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo.
2.ª Alterar gravemente la paz pública.
3.ª Desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional.
4.ª Provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella.
2. Se considerarán igualmente delitos de terrorismo los delitos informáticos tipificados en los artículos 197 bis y 197 ter y 264 a 264 quater cuando los hechos se cometan con alguna de las finalidades a las que se refiere el apartado anterior.
Según esas definiciones se puede aplicar el mal llamado pacto antiyihadista a cualquiera de las cosas que puedan encajar en la nueva definición de terrorismo... pues en el pacto se dice que son reformas legales para acabar con el yihadismo, pero no se especifica desde perspectiva legalista que sea únicamente aplicados en esos delitos de agravante yihadista.
Este pacto se acordó tras los atentados de París en enero a la revista satírica, y ahora vuelve a la palestra en caliente tras lo de ayer. El objetivo, buscar consenso ante un pacto que realmente no marque diferencias estratégicas llevadas hasta ahora.
El yihadismo es el por qué se tipifica lo que se tipifica, pero no se tipifica con la palabra yihadista, ni siquiera como agravante. Ahí la confusión. Luego, en la interpretación de los tribunales no se valorará si ese terrorismo es yihadista o no, sino que se valorará únicamente lo tipificado, es decir, delitos de terrorismo.
Si esta gente no tiene miedo a morir y se inmola, ¿le van a hacer recapacitar estas leyes de penas de prisión mas contundentes?
Esto hay que erradicarlo en el origen y no hay más. La única forma de acabar con el yihadismo es actuar paralelamente en tres planos: militar, diplomático, y político.
Militar: La solución no pasa por mandar tropas y seguir bombardeando como se ha hecho hasta ahora. Las actuaciones militares occidentales de los últimos 20 años lo único que han hecho ha sido desestabilizar todo oriente medio y favorecer la proliferación del terrorismo. ¿Cómo arreglar la que hemos liado en Siria e Irak desde que los europeos hicieron la división territorial del Imperio Otomano? Apoyar a los Kurdos y permitir que estos de una vez tengan su propio país con parte del norte de Siria y parte del norte de Irak. Apoyar a Asad, dejar de atacar sus posiciones beneficiando a EI, dejar de mandar armas al ejercito libre sirio que acaban en manos del EI. Ahora ASAd es un mal menor, pero si que se debería llegar a un acuerdo para la celebración de elecciones. La acción rusa es un buen ejemplo, y suena por ahí que están negociando la salida de Asad del gobierno y del país.
Una vez estabilizada Siria e Irak dejar de interferir en países árabes porque si algo nos ha demostrado la historia reciente es que la desestabilización no ha hecho más que beneficiar al terrorismos e instigar odios contra occidente.
El problema es que no se puede matar a una serpiente sin cabeza. Da igual que aniquilen a la mayoría de combatientes del EI, que acaben con su líder, como organización no pueden acabar con ellas a nivel militar.Puede dejar de existir como ejercito pero seguirá existiendo de forma clandestina como banda terrorista. Una banda terrorista infinitamente más grande y con más recursos de lo que fue al-qaeda. Da miedito.
Plano diplomatico: poner firmes de una puta vez a arabia Saudí, a Israel, y a un montón de actores secundarios como turquía, que están dando algún tipo de apoyo al EI porque estos les beneficia en algún sentido. (Arabia Saudí porque son los promotores de la línea de pensamiento del islam rigorista y extremista que predica el EI, Israel porque quiere vecinos debilitados para hacer lo que le venga en gana en la región, Turquía para que el EI combata a los kurdos)
En el plano político: se debe actuar al nivel de cada nación para evitar que segundas o terceras generaciones de mususlmanes se vean captados por las ideas y la barbarie del EI. Y este es en parte un problema social. Ei saca a los voluntarios que van a combatir a Siria y a los terroristas que planean atentar en europa de barrios marginales, donde hay paro, drogas y pobreza. Gente que se siente totalmente dejada de lado por el sistema, no se siente del país de sus antepasados ni del país en el que viven, sólo se sienten identificados por su religión, y eso es muy peligroso. En Francia son barrios de antiguos obreros industriales, que ya no tienen trabajo porque no hay fábricas. Aquí se van a reclutar a Ceuta y Melilla, o a barrios de chabolas.
El problema del terrorismo yihadista es un problema inmenso, y para combatirlo no basta con hacer una reforma del código penal, que no está de más, pero no es suficiente. Hay que ir a la raíz del problema, al origen del yihadismo.