- el reglamento, en puridad, es recurrible en vía contenciososo-administrativa
- contra las leyes y otras disposiciones normativas con fuerza de ley (real decreto y real decreto legislativo), cabe recurso de inconstitucionalidad
- contra las sentencias, cabe recurso de amparo ante el TC, pero no de inconstitucionalidad; además, para el recurso de inconstitucionalidad están legitimados: Presidente del Gobierno, Defensor del Pueblo, 50 diputados, 50 senadores, los órgano colegiados de las CCAA y las Asamableas Legislativas de las mismas (en su caso) ...
Solución: B
ver artºs 161 y ss CE