Buenas tardes, a los que ya vayáis un poco adelantados estudiando, os importaría subir el cambio de los importes en los contratos, de verdad que tengo el tiempo muy contado, imagino que como tod@s, y gracias por el aporte, entre unos y otras, unas y otros; la sacaremos adelante, estoy seguro.
Hola tonecho, aquí te copio los importes vigentes del 2016 en los contratos sujetos a regulación armonizada (son los mismos para otros casos):
1. El contrato de colaboración entre el SP y el privado, siempre.
2. Los contratos típicos anteriores, en los siguientes casos:
- El de obras y concesión de obras públicas
≥ 5.225.000 € - El de suministros:
•
≥ 135.000 euros, cuando se trate de contratos adjudicados por la AGE, salvo el sector de defensa, sus OOAA, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, o
•
≥ 209.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro distinto de los anteriores por razón del sujeto contratante o por razón de su objeto.
- El de servicios (comprendidos en las categorías 1-16 del Anexo II)
•
≥ 135.000, cuando hayan de ser adjudicados por la AGE, sus OOAA, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
•
≥ 209.000,
1. cuando lo sean por entes, organismos o entidades del sector público distintos a la AGE, sus OOAA o entidades gestoras y servicios comunes SS o
2. cuando, aun siendo adjudicados pro estos últimos, se trate de contratos de la categoría 5 consistentes en servicios de difusión de emisiones de televisión y de radio, servicios de conexión integrados de telecomunicaciones, o contratos de la categoría 8.
- Determinados contratos de obras y servicios celebrados por particulares cuando son subvencionados de forma directa, y en más de un 50% de su importe, por entidades que tengan la consideración de PPAA:
• Tengan por objeto determinadas actividades de ingeniería civil o la construcción de hospitales, centros deportivos, recreativos o de ocio, edificios escolares o universitarios y edificios de uso administrativo, siempre que su valor estimado sea
≥ 5.278.000 €;
- Y asimismo, los contratos de servicios vinculados a un contrato de obras de los definidos en la letra a) (contratos típicos), cuyo valor estimado sea
≥ 211.000 €Un saludo